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SERGIO ARGUDO · ESQUEMAS SOIVRE

Sector de productos de la pesca

Ejercicio 1 · Esquema del tema 7 · Actualizado el
EJ. 1 · TEMA7

01INTRODUCCIÓN

El sector pesquero se distingue del resto de sectores agroalimentarios porque su materia prima depende de un recurso natural limitado y compartido, que debe gestionarse con criterios de sostenibilidad biológica. Eso condiciona todo su marco normativo, articulado en torno a la Política Pesquera Común (PPC) y a los Totales Admisibles de Captura (TAC) y sus cuotas nacionales, que el Consejo de la UE fija cada año a partir de los dictámenes del CIEM/ICES y del CCTEP.

En 2025 el sector representó el 15,7 % de las importaciones y el 6,7 % de las exportaciones agroalimentarias (DATACOMEX). España tiene la flota de mayor capacidad de la UE, es el primer productor acuícola de la UE en volumen y cuenta con una potente industria conservera. El GTISA, presidido por la Secretaría General de Agricultura y Alimentación del MAPA, tiene entre sus siete grupos de trabajo uno de pesca y acuicultura, centrado en eliminar barreras, consolidar y abrir mercados y adaptar la oferta a cada mercado.

02DESCRIPCIÓN Y DESIGNACIÓN DE LOS PRINCIPALES PRODUCTOS

El Código Alimentario Español (CAE), complementado por la normativa europea, clasifica los pescados según su naturaleza y forma de conservación.

2.1Pescados

Son los peces comestibles, marinos o de agua dulce, destinados al consumo humano. Según su presentación se distinguen:

2.2Mariscos

Según el CAE son animales comestibles marinos o continentales, frescos o conservados por tratamientos autorizados. Los tipos principales son:

El marisco se presenta vivo, fresco o refrigerado, congelado (−18 ºC) o cocido (vapor o agua en ebullición y enfriado posterior).

Los moluscos bivalvos vivos tienen un régimen sanitario propio. Las zonas de producción se clasifican en A, B y C según su calidad microbiológica, y de ello depende que el producto se comercialice directamente o pase por depuración o reinstalación. Se controlan además las biotoxinas marinas (paralizantes, amnésicas y lipofílicas).

03FACTORES DE CALIDAD COMERCIAL

La calidad comercial es el conjunto de características externas e internas que determinan la aptitud de un producto para comercializarse y satisfacer al mercado. En el pescado hay tres factores muy importantes: frescura, calibre y homogeneidad.

Las categorías de frescura y calibre se fijan en el Reglamento (CE) 2406/96, dentro de la OCM de la pesca y la acuicultura (Reglamento (UE) 1379/2013). A nivel nacional, el Real Decreto 418/2015 regula la primera venta de productos pesqueros y la Ley 12/2013 introdujo novedades en trazabilidad, contratos alimentarios y régimen sancionador.

3.1Frescura

La frescura se valora con factores externos (pigmentación cutánea, ojo y su coloración, color y olor de las branquias, opérculo y rigidez muscular) e internos (aspecto del peritoneo, espina dorsal y color de la carne en torno a ella). El Reglamento (CE) 2406/96 establece las categorías Extra, A y B.

En la venta mayorista el producto debe llevar etiqueta con:

El Real Decreto 1082/2025 regula el procedimiento para fijar las denominaciones comerciales nacionales y las de alimentos en conserva o preparados, en aplicación del art. 37 del Reglamento (UE) 1379/2013, y extiende el sistema a las partidas 1604 y 1605 de la Nomenclatura Combinada. El listado oficial se actualiza por resolución de la Secretaría General de Pesca. Su denominación es la oficial en todo el territorio y las reconocidas por las comunidades autónomas son complementarias en su territorio.

3.2Composición química y calibre

Según su porcentaje de lípidos hay tres tipos de pescado. Cuanto mayor es, más ácidos grasos poliinsaturados y omega-3:

3.3Pescado congelado

Al pescado congelado se añaden factores adicionales:

3.4Mariscos

Deben cumplir normas microbiológicas, pH adecuado, límites de toxinas, bases nitrogenadas y metales pesados, y estar bien envasados y etiquetados. Se valoran:

04ANÁLISIS SECTORIAL

Según la FAO (SOFIA 2026), la producción mundial alcanzó en 2024 un récord de 235 millones de toneladas, algas incluidas. La acuicultura de animales acuáticos superó por primera vez los 100 millones y aporta el 53 %, mientras la pesca de captura se mantiene en torno a 92 millones. El consumo mundial ronda los 21 kg por habitante. China es el principal productor y exportador.

La UE es el mayor mercado importador del mundo y tiene una balanza claramente deficitaria, por lo que importan los acuerdos con terceros países:

España es el primer país de la UE por valor desembarcado en 2024 (21 % de la captura de la flota comunitaria, por delante de Francia y Dinamarca). A 31 de diciembre de 2025 su flota cuenta con 8.324 embarcaciones y 301.135 GT, aproximadamente el 24 % del arqueo de la UE, con una edad media de 37 años frente a 36 de la media comunitaria. Es también el primer productor acuícola de la UE, con el 25,3 % (APROMAR), fuerte en trucha arco iris y mejillón. Hay tres tipos de flota:

El comercio español es deficitario en los tres grupos:

05NORMATIVA APLICABLE

5.1Normativa específica del sector de la pesca y la acuicultura

El Reglamento (UE) 1379/2013 reformó la OCM del sector por la caída de las poblaciones de peces, los cambios de consumo, la globalización y la fuerte dependencia de las importaciones. Los requisitos sanitarios se recogen en el Reglamento (CE) 853/2004 (sección VIII del anexo III para pesca y sección VII para bivalvos vivos), actualizado por el Reglamento Delegado (UE) 2024/1141. Los controles oficiales se rigen por el Reglamento (UE) 2017/625, que incluye la clasificación de zonas de moluscos y la vigilancia de biotoxinas.

Las ayudas se financian con el FEMPA, creado por el Reglamento (UE) 2021/1139. En España, el Real Decreto 956/2017 modificó el Real Decreto 418/2015 sobre venta de productos pesqueros y el Real Decreto 277/2016 regula las organizaciones profesionales del sector. Los criterios microbiológicos se fijan en el Reglamento (CE) 2073/2005, modificado por el Reglamento (UE) 2024/2895, que refuerza los de Listeria monocytogenes.

En la legislación nacional destacan:

06DESCRIPCIÓN Y DESIGNACIÓN DE CONSERVAS, SEMICONSERVAS Y SALAZONES DE PESCADO

El CAE define las conservas como productos perecederos de origen animal o vegetal, en envases herméticos, tratados exclusivamente por calor para asegurar su conservación.

6.1Conservas de pescado

Son conservas de baja acidez (pH superior a 4,5), por lo que requieren esterilización que garantice la destrucción de las esporas de Clostridium botulinum, con temperatura de referencia de 121,1 ºC. El envase debe ser hermético para evitar la recontaminación. Las normas fijan un peso escurrido mínimo respecto al peso neto para evitar fraudes y el control se hace por muestreo estadístico. Las especies de mayor éxito son:

6.2Semiconservas y salazones de pescado

Según el CAE son productos preparados para un tiempo limitado, mantenidos en recipientes impermeables al agua, y su duración puede prolongarse con frío. Las principales técnicas son:

07FACTORES DE CALIDAD COMERCIAL

Para comercializar una conserva debe superar controles técnicos: inspección del cierre, protección e inspección de latas vacías, control del envase lleno cerrado, test de esterilidad del producto final y prevención de oxidaciones en el almacenamiento. Se desechan las conservas con abombamientos, óxidos o contenido con olores, colores o textura desagradables.

Los dos factores principales son:

Los factores específicos de las salazones son aroma, sabor, consistencia y contenido en sal. En los ahumados, la consistencia firme y el control de la temperatura de conservación. En los desecados, la humedad máxima y la ausencia de olores, sabores y manchas anómalas.

08ANÁLISIS SECTORIAL

El mercado exterior de las conservas de pescado ha crecido en volumen y valor, con el atún y la sardina como productos más aceptados. El sector tuvo en 2025 un superávit de unos 50 M€ (DATACOMEX). España es el primer exportador comunitario de conservas de pescado y de crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos (1.603 M€, en torno al 20 % de la UE) y está en el top 5 mundial, por detrás de China, Tailandia o Ecuador.

Los principales destinos en la UE son Italia, Francia, Portugal y Alemania, y entre los terceros EEUU y Reino Unido. En las importaciones destacan Ecuador y China en atún, Marruecos en caballa, sardina y anchoas, y Argentina y Chile en anchoas. Ecuador y Chile se benefician de acuerdos con la UE que eliminan aranceles a sus conservas, igual que los países con acuerdos de asociación económica.

El principal organismo representativo es ANFACO-CECOPESCA.

09NORMATIVA APLICABLE

9.1Normativa específica de conservas de pescado

Sin legislación comunitaria se aplican normas de comercio interior para sardinas, atún, mejillones, cefalópodos, almejas, berberechos y anchoas, y de comercio exterior para sardinas, atún y cefalópodos. Existe además un acuerdo de reconocimiento mutuo con Canadá sobre el control del cierre de envases: las partidas inspeccionadas por el SOIVRE conformes a la legislación canadiense se exportan sin nueva inspección en frontera.

9.2Organización Común de Mercados (OCM) pesquera

La norma principal es el Reglamento (UE) 1379/2013, independiente de la OCM única agraria (Reglamento (UE) 1308/2013) y obligatorio para todos los productos comercializados en la UE, sea cual sea su origen. Sus objetivos figuran en el art. 35 del Reglamento (UE) 1380/2013 (PPC). Para lograrlos establece:

9.3Etiquetado de productos pesqueros

El capítulo IV del Reglamento (UE) 1379/2013 exige, sin perjuicio del Reglamento (UE) 1169/2011, indicar en el etiquetado para vender al consumidor final o a colectivos:

El Real Decreto 1082/2025, en vigor desde el 2 de enero de 2026, exige que figure la denominación comercial admitida en los listados que la Secretaría General de Pesca aprueba anualmente por resolución publicada en el BOE.

9.4Indicaciones Geográficas Protegidas

DOP, IGP y ETG se regulan por el Reglamento (UE) 2024/1143. En España la Ley 6/2015 regula las de ámbito supraautonómico, controladas por el MAPA a través de la AICA, y el resto compete a las comunidades autónomas. Ejemplos: DOP Mejillón de Galicia, IGP Caballa de Andalucía e IGP Melva de Andalucía. En el ámbito privado destacan las certificaciones MSC (pesca extractiva) y ASC (acuicultura).

9.5CODEX Alimentarius

El Codex ha elaborado normas para sardinas en conserva, atún y bonito en conserva y pescado congelado rápidamente, además del Código de prácticas para el pescado y los productos pesqueros y niveles máximos de metilmercurio en determinadas especies.

9.6Normativa general

Se aplica la legislación alimentaria general:

La Orden PRE/3026/2003, modificada entre otras por la Orden ECM/1002/2026, regula la inspección y el control de la calidad comercial en el comercio exterior. La última sustituyó el anexo de productos sometidos a control para adaptarlo a los Reglamentos (UE) 2023/2429 y 2023/2430. El SOIVRE controla la calidad comercial en la importación desde terceros países de pescados, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos.

10CONCLUSIÓN

El sector pesquero y acuícola español es estratégico, con liderazgo europeo basado en una flota de gran capacidad, una acuicultura destacada y una industria conservera exportadora. Su sostenibilidad depende del estado biológico de los caladeros. La PPC avanza hacia el Rendimiento Máximo Sostenible (RMS) con TAC y cuotas según los dictámenes del CIEM, lo que a veces supone recortes de esfuerzo con impacto socioeconómico, y la obligación de desembarque de las capturas sujetas a TAC plantea retos de control.

Persisten otros retos:

Mantener el liderazgo exigirá compatibilizar viabilidad económica y sostenibilidad biológica, con diferenciación, certificación (MSC) y diversificación de mercados. La UE debe además garantizar competencia equilibrada con cláusulas espejo que exijan a lo importado estándares de sostenibilidad y trazabilidad equivalentes, y el control del SOIVRE contribuye a que compita con las mismas reglas de calidad comercial.