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SERGIO ARGUDO · ESQUEMAS SOIVRE

Calidad comercial

Evaluación y certificación de la calidad comercial: los servicios oficiales de control de calidad comercial. Normas de comercialización de la UE. Otras normas de calidad internacionales.

Ejercicio 1 · Esquema del tema 47 · Actualizado el
EJ. 1 · TEMA47

01INTRODUCCIÓN

La calidad no admite una definición única porque tiene una gran carga de subjetividad. En sentido amplio, la calidad de un bien o servicio es su grado de adecuación para cubrir las necesidades humanas. En sentido estricto, depende del cumplimiento de las características, condiciones y parámetros recogidos en normas de calidad. De forma simplificada engloba dos aspectos, la calidad sanitaria y la calidad comercial.

En sociedades con estándares sanitarios elevados y consumidores exigentes, la calidad comercial es un factor clave. Un producto puede ser rechazado por una calidad comercial inadecuada aunque sea seguro desde el punto de vista sanitario. El tema se centra en la evaluación y certificación de esa calidad, en los servicios oficiales de control (con especial atención a los Servicios de Inspección SOIVRE), en las normas de comercialización de la UE y en otras normas internacionales.

02CALIDAD COMERCIAL

Calidad comercial. Conjunto de factores y parámetros externos e internos fijados como requisitos que debe cumplir un producto para estar presente en los circuitos comerciales y satisfacer las exigencias del mercado de destino. En el sector alimentario es un valor añadido respecto al estado natural del producto, resultado de la selección, clasificación por categorías y calibres, verificación, acondicionamiento, envasado, almacenaje y transporte.

Los requisitos se agrupan en dos tipos:

Estos requisitos se detallan en las Normas de Comercialización de la UE, antes llamadas Normas de Calidad Comercial. Fijan los criterios de selección y los valores de los parámetros de calidad y, en ocasiones, las categorías de un producto según su nivel de calidad.

Norma. Según el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (Acuerdo OTC / TBT) de la OMC, es el documento aprobado por una institución reconocida que prevé para un uso común y repetido reglas, directrices o características para los productos o los procesos y métodos de producción conexos, y cuya observancia no es obligatoria.

Si las normas aplicadas son conocidas y aceptadas internacionalmente, el producto tendrá menos dificultades para comercializarse en mercados distintos del de origen. La normalización internacional facilita el comercio porque crea un lenguaje común entre fabricantes, administraciones, comercializadores y consumidores. De ahí la importancia de la certificación de la calidad comercial, de las normas de comercialización y de los organismos internacionales de normalización.

03EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD COMERCIAL

Las normas de los organismos de normalización fijan requisitos de calidad comercial externos e internos, pero no basta con que el fabricante las use. Su cumplimiento debe verificarse y controlarse mediante evaluación y certificación, con el objeto de:

La certificación analiza la conformidad con la norma para otorgar un documento que dé validez ante terceros. La evaluación implica muestreos, inspecciones y ensayos, y se divide en dos tipos complementarios:

La evaluación se hace siempre sobre la base de una norma, obligatoria u oficial (incorporada a una disposición legislativa) o voluntaria. De ahí dos enfoques. El primero es el control oficial, impuesto por la legislación. El segundo es la evaluación o certificación voluntaria que el productor, o en ocasiones el cliente, aplica al producto para valorizarlo y hacerlo más atractivo ante el consumidor (sistemas voluntarios de certificación de calidad).

3.1Control oficial de la calidad comercial. Servicios oficiales de control de la calidad comercial

En el ámbito obligatorio y nacional, el control oficial basado en la evaluación y certificación del cumplimiento de los Reglamentos comunitarios de calidad comercial lo realizan tres organismos de control de productos alimentarios en comercio exterior:

SOIVRE. El Servicio Oficial de Inspección, Vigilancia y Regulación del Comercio Exterior es el organismo nacional responsable del control de la calidad comercial. Vela por el cumplimiento de las Normas de Comercialización y de otras normas de calidad internacionales. Sus funciones se establecen en parte en la Orden PRE/3026/2003, cuyos anexos actualizaron las Órdenes ECC/2257/2013 y ECC/2566/2015, que dicta normas de inspección y control para las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio (DT y DP), y en otras disposiciones como el Real Decreto 330/2008. Se desempeñan en el MECE a través de las DT y DP, de los servicios centrales y de la Red de Oficinas Económicas y Comerciales (OFECOMES), incluidas la REPER en Bruselas y las representaciones ante la OMC y la UNCTAD en Ginebra. Inspectores e Ingenieros Técnicos están también en otros destinos, como la CNMC, el Ministerio de Asuntos Exteriores, el MAPA, el Ministerio de Sanidad, la Comisión Europea o el Banco Mundial.

Las funciones principales son nueve:

3.2Sistemas voluntarios de certificación de calidad

Esta certificación es cada vez más apreciada por el consumidor y más frecuente en los mercados exigentes. Como la inversión en análisis y en un documento de referencia no siempre es accesible para las pequeñas empresas, los profesionales prefieren procedimientos colectivos que conducen a una comunicación colectiva y a una marca común. Destacan:

04NORMAS DE COMERCIALIZACIÓN DE LA UE

Las Normas de Comercialización de la UE aplican los mismos criterios a las producciones agrícolas de las distintas zonas comunitarias para ofrecer un mismo producto en condiciones homogéneas. Son reglamentos técnicos de obligado cumplimiento en todas sus partes, en todos los Estados Miembros y en todas las fases de comercialización (importación y exportación con terceros países, comercio intracomunitario y comercio interior), de forma inmediata y sin transposición, y establecen el control oficial de conformidad. Tienen muy en cuenta las normas recomendadas por el WP.7 de la CEPE/NU.

Los productos que no se ajusten a ellas no pueden exponerse para su comercialización en la Comunidad, ni ser comercializados por productores o comerciantes, ni admitirse a la importación desde terceros países ni a la exportación a terceros países.

La OCM Única exige que los productos cumplan unas Normas de Calidad Obligatorias. Las frutas y hortalizas frescas y transformadas se rigen por el Reglamento Delegado (UE) 2023/2429 y su Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2430, aplicables desde el 1 de enero de 2025. Siguen el esquema clásico de las Normas-Cuadro:

Los controles se efectúan en todas las fases de comercialización. Los productos importados de terceros países deben ajustarse a estas normas o a otras al menos equivalentes, y los productos comunitarios destinados a la exportación a terceros países deben cumplir las normas comunitarias. En los productos no incluidos en la OCM Única, los Estados Miembros deciden si realizan o no controles de exportación o importación.

05OTRAS NORMAS DE CALIDAD INTERNACIONALES

Además de la UE, hay otros organismos de normalización de gran relevancia internacional para los alimentos:

06CONCLUSIÓN

La calidad comercial es, junto a la seguridad, uno de los dos pilares del control oficial de los productos objeto de comercio exterior, y su evaluación y certificación descansa en España sobre todo en los Servicios de Inspección SOIVRE. Sus funciones, desde la inspección y la asistencia técnica hasta la Política Comercial Común, la promoción, la normalización, el control CITES o la Red de Laboratorios, evolucionan con el marco normativo, como muestra la transformación de su papel en CITES tras el Real Decreto 986/2021.

Las Normas de Comercialización de la UE, articuladas hoy en el Reglamento Delegado (UE) 2023/2429 y el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2430 para frutas y hortalizas, siguen siendo el instrumento jurídico central, junto a normas internacionales como las del CODEX Alimentarius, la CEPE/NU, la OCDE o la ISO. Es esencial entender conjuntamente la evaluación y certificación oficial y los sistemas voluntarios para comprender el papel del SOIVRE como garante de la calidad comercial de los productos españoles en los mercados exteriores.