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SERGIO ARGUDO · ESQUEMAS SOIVRE

Criterios de calidad comercial

Factores y parámetros de calidad comercial. Composición físico-química y nutricional de los alimentos. Clasificación por categorías comerciales de calidad.

Ejercicio 1 · Esquema del tema 48 · Actualizado el
EJ. 1 · TEMA48

01INTRODUCCIÓN

La calidad de un bien depende, en sentido amplio, de su adecuación para cubrir las necesidades humanas y, en sentido estricto, del cumplimiento de las características y parámetros recogidos en las normas de calidad. Se resume en dos aspectos, la calidad sanitaria (seguridad alimentaria) y la calidad comercial. En sociedades con estándares sanitarios elevados y consumidores exigentes, la calidad comercial es un factor clave, hasta el punto de que un producto seguro puede ser rechazado por una calidad comercial inadecuada. El tema se centra en los productos agroalimentarios.

02CRITERIOS DE CALIDAD COMERCIAL

Calidad comercial. Conjunto de factores y parámetros externos e internos fijados como requisitos para que un producto esté en los circuitos comerciales y satisfaga las exigencias del mercado de destino. En alimentos es un valor añadido respecto al estado natural, resultado de la selección, la clasificación por categorías y calibres, la verificación, el acondicionamiento, el envasado, el almacenaje y el transporte.

Estos requisitos se detallan en las Normas de Comercialización de la UE, cuya base jurídica es el Reglamento (UE) 1308/2013 (OCM Única), cuyo art. 75 faculta a la Comisión para desarrollarlas mediante actos delegados. En frutas y hortalizas, desde el 1 de enero de 2025 se concreta en el Reglamento Delegado (UE) 2023/2429, que fija los criterios de selección y los parámetros de calidad, y en el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2430, que regula los controles de conformidad. Sustituyeron al Reglamento de Ejecución (UE) 543/2011 y permiten clasificar los productos en las categorías Extra, I y II.

Separación entre calidad comercial y seguridad alimentaria. Antes las normas comerciales incluían la exención de contaminantes. Hoy el marco europeo separa ambas. Los contaminantes y los límites máximos de residuos (LMR) de plaguicidas pertenecen a la legislación horizontal de seguridad alimentaria, principalmente el Reglamento (UE) 2023/915 sobre contaminantes. Su cumplimiento es obligatorio para cualquier alimento comercializado, pero no forma parte de las normas de comercialización en sentido estricto.

Madurez comercial. En frutas y hortalizas frescas repercute en el precio y el resultado económico, y su mala gestión lleva a enviar al mercado frutos inmaduros. Hay dos tipos de frutos según su comportamiento tras la recolección.

La clave es fijar parámetros de madurez de recolección que garanticen un buen comportamiento postcosecha. Las normas internacionales (CEPE/ONU, Codex Alimentarius) y las de la UE establecen índices de madurez mínimos, medibles por métodos objetivos.

Las normas contemplan además los defectos físicos (fisiopatías como el bitter pit, daños climatológicos, falta de homogeneidad en el envase) y exigen la ausencia de factores de sanidad vegetal, respetando los límites de seguridad alimentaria sobre contaminantes y residuos fitosanitarios.

03FACTORES Y PARÁMETROS DE CALIDAD COMERCIAL DE LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS

El análisis se estructura en tres ejes: la salud humana, la salud vegetal y la calidad comercial propiamente dicha.

3.1Factores que determinan la salud humana

Inocuidad alimentaria. Es el primer requisito absoluto: que el alimento no sea perjudicial para el consumidor. Se pierde por dos vías.

Desde la perspectiva regulatoria hay que distinguir entre una materia activa prohibida en la UE y una materia activa permitida cuya detección supera los LMR. En comercio internacional es indispensable conocer la legislación del país receptor, porque pese a los esfuerzos de armonización del Codex Alimentarius persisten divergencias entre bloques.

Micotoxinas. Destacan las aflatoxinas (B1, B2, G1, G2 y M1 en leche), toxinas muy estables producidas por hongos Aspergillus (A. flavus y A. parasiticus) en cacahuetes, pistachos, almendras, frutas desecadas y cereales como el maíz. Colonizan el cultivo en campo y en almacén según la temperatura y la actividad de agua, y son un problema crítico en zonas tropicales y cada vez más frecuente en zonas templadas por el cambio climático. Son genotóxicas y carcinógenas (hepatocarcinoma), y sus límites máximos están regulados por el Reglamento (UE) 2023/915.

3.2Factores que determinan la salud vegetal

La sanidad vegetal es la ausencia de plagas y enfermedades que afecten a la producción, la comestibilidad, la presentación o la conservación. En los controles fitosanitarios se distingue entre plagas de cuarentena, cuya introducción está prohibida, y plagas reguladas no de cuarentena. Los riesgos biológicos se clasifican así.

3.3Factores que determinan la calidad comercial

La calidad sanitaria evalúa la seguridad con parámetros dicotómicos de apto o no apto. La calidad comercial evalúa atributos de valor que segmentan el producto en el mercado.

Frutas y hortalizas frescas. Los criterios se centran en la ausencia de defectos (fisiopatías, arrugamientos, daños climáticos) y en índices de madurez objetivos.

Resto de sectores alimentarios. Cada sector tiene sus propios parámetros comerciales.

04COMPOSICIÓN FÍSICO-QUÍMICA Y NUTRICIONAL DE LOS ALIMENTOS

El estudio parte de clasificar los alimentos por grupos, analiza su composición bromatológica primaria y detalla el marco legal del etiquetado nutricional.

4.1Tipos de alimentos

Los alimentos se agrupan según su origen y su aporte nutricional predominante.

4.2Composición primaria

La composición primaria de un alimento son sus principios inmediatos: proteínas, lípidos, hidratos de carbono, vitaminas, minerales y agua. Conocerla y preservarla es un fin primordial de la normalización y la calidad comercial para garantizar la nutrición y la inocuidad del consumidor. Puede alterarse de dos formas.

Frente a estas alteraciones, las industrias implantan de forma obligatoria el sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (APPCC). Las administraciones fomentan además modelos con menos residuos, como la producción integrada y la producción ecológica, regulada por el Reglamento (UE) 2018/848.

4.3Etiquetado nutricional

Los aspectos nutricionales deben figurar de forma transparente en el envase para facilitar las inspecciones y garantizar el derecho a la información del consumidor. La norma vigente es el Reglamento (UE) 1169/2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, que unifica el etiquetado general y el nutricional y es de aplicación directa.

Según su art. 30, la información nutricional obligatoria se presenta en formato de tabla, salvo falta de espacio, e incluye:

La declaración puede completarse voluntariamente con otros nutrientes (monoinsaturados, poliinsaturados, polialcoholes, almidón, fibra, vitaminas y minerales presentes en cantidades significativas). Los arts. 31 a 35 establecen que los valores se calculan por 100 g o 100 ml de producto para permitir la comparación, y se permite además expresarlos por porción o unidad de consumo.

En otros mercados, como EEUU, la normativa de la FDA exige el panel nutricional (Nutrition Facts), con formato visual específico y centrado en las raciones habituales de consumo (RACC).

05CLASIFICACIÓN POR CATEGORÍAS COMERCIALES DE CALIDAD

La ordenación del mercado agroalimentario descansa en la armonización de las categorías comerciales. A nivel internacional, la referencia son las Normas de Calidad Agrícola de la CEPE/NU, base de los estándares de la OCDE, del Codex Alimentarius y de las Normas de Comercialización de la UE. Siguen el formato de Normas-Cuadro establecido en los acuerdos internacionales (Geneva Understanding). La estructura estandarizada de una norma de comercialización comprende:

5.1Categorías Comerciales de Calidad

Salvo especificaciones de determinadas normas técnicas, los productos hortofrutícolas aptos para el consumo se clasifican en tres categorías.

Tradicionalmente existía una lista fija de productos que solo admitían las categorías I y II. Bajo la reglamentación simplificada de la UE (NGC y normas específicas adaptadas a la CEPE/NU), la gran mayoría puede clasificarse en categoría Extra si cumple las exigencias de perfección estética. También pueden comercializarse bajo la NGC, que no exige división por categorías, solo los requisitos mínimos y el etiquetado del origen.

5.2Régimen de Tolerancias Comerciales

Las tolerancias absorben los errores humanos o mecánicos accidentales del calibrado, la selección y el envasado en los almacenes. Se expresan en porcentaje en peso o en número de frutos por muestra.

06CONCLUSIÓN

Los criterios de calidad comercial (factores externos e internos, madurez comercial, sanidad vegetal y humana, composición y clasificación por categorías) son el fundamento técnico de la inspección y certificación. Sin entender la firmeza, el color, el índice E/A o el contenido en almidón como indicadores objetivos de madurez no se pueden aplicar con rigor las normas de comercialización. La distinción entre calidad externa e interna, entre frutos climatéricos y no climatéricos y el esquema común de las Normas-Cuadro forman un marco estable aplicable a casi todos los productos agroalimentarios. Para el Servicio de Inspección SOIVRE son estos parámetros los que se verifican en cada inspección para determinar la conformidad de una mercancía con su categoría declarada.