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SERGIO ARGUDO · ESQUEMAS SOIVRE

Instrumentos financieros de apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas españolas (I)

El Crédito Oficial. Características principales; el Consenso OCDE; Líneas ICO de apoyo a la internacionalización; el Convenio de Ajuste Recíproco de Intereses; el crédito suministrador y el crédito comprador.

Ejercicio 3 · Esquema del tema 7 · Actualizado el
EJ. 3 · TEMA7

01INTRODUCCIÓN

Para exportar con éxito ya no basta un producto competitivo en calidad y precio: hay que conceder al cliente condiciones financieras que hagan la oferta más atractiva. El pago al contado inmoviliza fondos del exportador, mientras que el bien genera beneficios al importador durante su vida útil, por lo que se prefiere financiar el aplazamiento con esos ingresos. La financiación aporta seguridad de cobro y competitividad.

El respaldo oficial se justifica por la existencia de esquemas equivalentes en los países competidores, por países, plazos y riesgos no cubiertos adecuadamente por el sector privado, por su papel de incentivo y complemento del sector financiero privado y por ser una vía para sostener las relaciones económicas, en especial en crisis financieras. En España se materializa en el Crédito Oficial a la Exportación, el seguro de crédito a la exportación por cuenta del Estado, el CARI y las líneas del ICO, enmarcados en distinta medida en el Consenso OCDE.

02EL CRÉDITO OFICIAL: CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES

Crédito Oficial a la Exportación. Modalidades de financiación con algún apoyo oficial que financian total o parcialmente el pago de un contrato de exportación de bienes de equipo y servicios de origen español.

El apoyo oficial puede ser:

Estos créditos están sujetos a una regulación supranacional (el Consenso OCDE) y a la legislación nacional específica de cada país.

03EL CRÉDITO SUMINISTRADOR

Crédito suministrador. Financiación a medio y largo plazo en la que la empresa española suministradora recibe la financiación de la entidad financiera. Se dirige a exportadores de bienes de equipo, maquinaria y productos asimilados, y puede tener apoyo oficial si cumple la Reglamentación de Crédito Oficial vigente (Consenso OCDE) en plazo, características de los bienes o servicios, país de destino e importe.

El exportador concede el crédito al comprador extranjero mediante aplazamiento de pago y asume inicialmente el riesgo de impago. Después puede descontar o ceder los derechos de cobro a la entidad financiadora, que le anticipa el importe. La entidad puede exigir cobertura del seguro de crédito de CESCE, la Agencia Española de Crédito a la Exportación, que reduce los riesgos del exportador y de la entidad dentro de los límites de la póliza.

Póliza de Crédito Suministrador de CESCE. Permite financiarse descontando los derechos de cobro de un contrato, con el banco como beneficiario designado. Cobertura máxima del 99 % en riesgos comerciales, políticos y extraordinarios.

04EL CRÉDITO COMPRADOR

Crédito comprador. Financiación a medio y largo plazo en la que la entidad financiera concede el crédito al importador extranjero para comprar los bienes o servicios. Se dirige a bienes de equipo, maquinaria, líneas de producción completas, plantas llave en mano, buques, aeronaves, proyectos y tecnología de origen español. Puede tener apoyo oficial si cumple el Consenso OCDE o financiarse a tipos de mercado, sin apoyo, en el caso de bienes de consumo u otros productos no acogibles al Consenso.

Si la agencia de seguro de crédito (CESCE en España, Bpifrance Assurance Export en Francia) aprueba la operación y el banco aprueba la parte de riesgo no asegurado, el importador firma el convenio de crédito y aporta con fondos propios al menos el 15 % del contrato. A medida que el exportador cumple, el banco le paga por cuenta del importador y nace la deuda de este con la entidad. El apoyo oficial puede ser la cobertura de riesgos políticos y comerciales por CESCE, el tipo fijo conforme al Consenso y, cuando corresponda, el CARI.

Es una de las principales modalidades de financiación de las exportaciones españolas: el exportador cobra al contado sin asumir el endeudamiento, pues el prestatario es el importador, que obtiene condiciones competitivas y plazos largos. En ciertos casos aporta fondos durante la fabricación. Tiene dos modalidades:

Agentes que intervienen

Diferencias con el suministrador. En este el prestatario es el propio exportador, el garante avala al comprador (no al prestatario) y no hay entidad supervisora.

Póliza de Crédito Comprador de CESCE. Garantiza a la entidad financiera el reembolso del crédito en caso de impago, con cobertura máxima del 99 % en riesgos comerciales y del 99 % en políticos y extraordinarios. Es habitual que la entidad se beneficie además de la financiación CARI del ICO.

05EL CONSENSO OCDE

Consenso OCDE. Acuerdo sobre Líneas Directrices en materia de Crédito a la Exportación con Apoyo Oficial, alcanzado en 1976 para evitar que la competencia por contratos llevase a conceder créditos en condiciones insostenibles. Establece un marco de disciplina para los participantes y se ha modificado numerosas veces, sobre todo por los objetivos de sostenibilidad ambiental.

Fija las condiciones básicas de los créditos con apoyo oficial (porcentaje de financiación, plazo de reembolso y tipos de interés) para una competencia ordenada. Regula las operaciones a medio y largo plazo, con reembolso de dos o más años, y se complementa con entendimientos sectoriales (aeronaves civiles, buques, energía nuclear, proyectos de cambio climático). Los créditos a corto plazo quedan en general fuera.

Modernización de 2023. En vigor desde el 15 de julio de 2023, se incorporó al Derecho de la UE por el Reglamento Delegado (UE) 2023/2738, que modifica el anexo II del Reglamento (UE) 1233/2011. Fija un plazo general máximo de 15 años vinculado a la vida económica del bien.

Climate Change Sector Understanding (CCSU). Permite hasta 22 años para energías renovables, hidrógeno y amoníaco limpios, captura y almacenamiento de CO2, transporte de bajas emisiones y minerales críticos. Las centrales eléctricas de combustibles fósiles quedan limitadas a 12 años.

Tipos de créditos

Evolución en sostenibilidad. En marzo de 2022 el Consejo de la UE instó a fijar, antes de finales de 2023, plazos para poner fin al apoyo oficial al crédito a la exportación de proyectos de energía de combustibles fósiles, salvo circunstancias limitadas compatibles con el objetivo de 1,5 ºC. Es la evolución más relevante del Consenso en los últimos años.

06LÍNEAS ICO DE APOYO A LA INTERNACIONALIZACIÓN

Instituto de Crédito Oficial (ICO). Banco público, entidad pública empresarial adscrita al MECE a través de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa. Como Agencia Financiera del Estado gestiona los fondos de financiación oficial a la exportación y al desarrollo. En las Líneas de Mediación, de vigencia anual renovable, el ICO aporta los fondos y las entidades de crédito adheridas tramitan, aprueban y asumen el riesgo.

En 2026 se ha puesto en marcha la Línea ICO Crecimiento Exportadores, para empresas afectadas por el nuevo entorno arancelario internacional.

El ICO gestiona también instrumentos extraordinarios de garantía y financiación en situaciones de crisis y colabora con el Banco Europeo de Inversiones (BEI) para movilizar financiación y compartir riesgos. Complementa la financiación de las entidades privadas.

07EL CONVENIO DE AJUSTE RECÍPROCO DE INTERESES (CARI)

CARI. Sistema de apoyo a las exportaciones españolas que incentiva que las entidades financieras concedan créditos a la exportación a largo plazo (2 o más años) y a tipos fijos (tipos de Consenso), de acuerdo con el Consenso OCDE. Lo gestiona el ICO.

Normativa vigente

El Anteproyecto de Ley de regulación del CARI, aprobado por el Consejo de Ministros el 24 de marzo de 2026 y en tramitación, prevé ampliar el CARI a determinados proyectos de inversión española en el exterior y en España, integrar los activos y pasivos de cobertura del riesgo de interés en el Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización y crear un órgano colegiado interministerial único para aprobar las operaciones.

Mecanismo. Mediante un convenio entre el banco financiador y el ICO se mantiene fijo el tipo del crédito, compensando la diferencia entre el Tipo de Interés Comercial de Referencia del Consenso (CIRR), actualizado periódicamente, y el coste de mercado de los recursos del banco. La liquidación es periódica entre el ICO y la entidad.

Agentes. Exportadores, importadores y entidades financieras privadas españolas, el ICO (operativa del CARI), la Dirección General de Inteligencia Económica y Comercial (autoridad administrativa) y CESCE, de mayoría estatal, que gestiona por cuenta del Estado la cobertura de riesgos de la internacionalización según la Ley 8/2014.

Créditos beneficiarios, con o sin subvención del tipo:

7.1Condiciones para el Crédito CARI

Se exige un pago al contado de al menos el 15 % del importe elegible y el crédito puede financiar hasta el 85 % restante. El importe financiable puede incluir, con límites, bienes y servicios españoles y extranjeros, gastos locales y comisiones. El plazo máximo general es de 15 años, ampliable a 22 en determinadas operaciones CCSU, y el tipo se determina conforme al CIRR.

08CONCLUSIÓN

El Crédito Oficial, el seguro de crédito a la exportación, las Líneas ICO y el CARI, enmarcados en el Consenso OCDE, siguen siendo un pilar de la competitividad exterior de la empresa española: facilitan financiación competitiva, igualan las condiciones entre países para que el apoyo público no decida la adjudicación de contratos y han mostrado capacidad de adaptación en las crisis recientes.

Dos tendencias marcan el futuro. Una es la incorporación de criterios de sostenibilidad al Consenso, que limitará el apoyo a combustibles fósiles y reforzará el de renovables y transición energética. La otra es la competencia de países no adheridos al Consenso, no sujetos a su disciplina, cuya financiación oficial supone un desafío creciente para los miembros de la OCDE, entre ellos España.