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SERGIO ARGUDO · ESQUEMAS SOIVRE

Inversión extranjera en España

Normativa y tramitación en España. Registro de inversiones. Análisis de flujos. Distribución por sectores y países de origen. Distribución regional. Efectos. Atracción de inversiones hacia España.

Ejercicio 3 · Esquema del tema 20 · Actualizado el
EJ. 3 · TEMA20

01INTRODUCCIÓN

La internacionalización de los mercados (comercio intra e interindustrial, mercados financieros, flujos de capitales y empresas multinacionales) enmarca la inversión extranjera en España. Esta complementa el ahorro nacional, aumenta la competencia y la innovación, permite la transferencia de tecnología, favorece el crecimiento y el empleo, financia la economía sin endeudamiento y actúa como disciplina de las políticas económicas.

02INVERSIÓN EXTRANJERA EN ESPAÑA

2.1Características generales

El principio general es la libertad de movimientos de capitales, con dos excepciones: los sectores con regulación específica, en particular la defensa nacional, y la posibilidad de suspender la liberalización cuando la inversión afecte o pueda afectar al orden, la seguridad o la salud públicos. Son titulares las personas físicas no residentes, las personas jurídicas domiciliadas en el extranjero y las entidades públicas de soberanía extranjera.

Las inversiones y sus liquidaciones se declaran al Registro de Inversiones Exteriores, por regla general después de realizarse y con finalidad estadística, según el Real Decreto 571/2023 y la Orden ECM/57/2024. Se declaran antes las procedentes de jurisdicciones no cooperativas (sea cual sea su cuantía), las que superen el 50 % de una sociedad española y las de inmuebles, con los umbrales correspondientes.

2.2Tipos de inversión

Inversión directa. Relación duradera con una participación igual o superior al 10 % del capital o de los derechos de voto, o con control de la sociedad. Por debajo se habla de inversión de cartera. El Real Decreto 571/2023 ajustó la declaración al concepto internacional, con el 10 % como referencia general. Entran, entre otros conceptos:

03NORMATIVA Y TRAMITACIÓN

3.1Normativa en España

En la UE destacan el art. 63 del TFUE, que consagra la libertad de movimientos de capitales, y el Reglamento (UE) 2019/452 sobre control de inversiones extranjeras directas, que será derogado por el Reglamento (UE) 2026/1386 con efectos desde el 17 de enero de 2028, aunque algunas disposiciones se aplican desde julio de 2026.

La Ley 19/2003 regula los movimientos de capitales y las transacciones económicas con el exterior: fija el principio de libertad, el concepto de residente y no residente, la tramitación de las declaraciones y un régimen sancionador en tres grados (muy graves, con multa desde 30.000 euros hasta el 100 % del contenido económico de la operación, graves y leves).

El Real Decreto 571/2023 adecúa el ordenamiento al libre movimiento de capitales en la UE, regula por separado la inversión extranjera en España y la española en el exterior, y articula una declaración ex post, salvo la previa en ciertas inversiones desde o hacia jurisdicciones no cooperativas. Tras el Real Decreto 867/2025, la Subdirección General de Regulación de Inversiones lleva el Registro y la Subdirección General de Inversiones Exteriores instruye los controles, ambas en la Dirección General de Política Comercial y Seguridad Económica.

El control de inversiones o escudo antiopas descansa en el art. 7 bis de la Ley 19/2003, introducido por el Real Decreto-ley 8/2020. Somete a autorización previa las inversiones extranjeras directas de residentes fuera de la UE y de la AELC en sectores estratégicos o que puedan afectar al orden, la seguridad o la salud públicos. El Real Decreto-ley 34/2020 lo extendió transitoriamente a residentes de la UE y la AELC en cotizadas o, en no cotizadas, por más de 500 M€. Tras sucesivas prórrogas, la última por el Real Decreto-ley 1/2025, rige hasta el 31 de diciembre de 2026, y su continuidad depende de una nueva prórroga.

En 2025 se autorizaron 130 operaciones (116 sin condiciones y 14 con compromisos), un 40 % más que en 2024 y sin denegaciones. Cerca del 80 % procedía de fuera de la UE, con EEUU a la cabeza (40 %), seguido de Reino Unido y Emiratos Árabes Unidos.

3.2Tramitación en España

Se rige por la Orden ECM/57/2024, que regula declaraciones y memorias anuales, y por la Resolución de 31 de enero de 2024, que aprobó los modelos normalizados, en vigor desde el 1 de febrero de 2024. Para la inversión extranjera en España:

La inversión española en el exterior tiene modelos equivalentes (DP-3, DP-4, D-5A, D-5B, D-7A, D-7B y D-8). Los antiguos modelos de valores negociables quedaron derogados: las cotizadas que alcanzan el 10 % usan los modelos generales.

Las declaraciones se presentan obligatoriamente por AFORIX, que hace una primera validación. Inversiones y desinversiones se declaran, por regla general, en un mes desde su realización, y las memorias anuales en los siete meses siguientes al cierre del ejercicio.

04REGISTRO DE INVERSIONES

El Registro recoge los datos declarados conforme al Real Decreto 571/2023: la participación al alcanzar el 10 % y, desde 2024, la financiación intragrupo que cumple los requisitos. La reinversión de beneficios no se declara en ningún modelo, se obtiene de las memorias anuales. Los inmuebles se declaran desde 500.000 euros (inversión extranjera en España) y 300.000 euros (española en el exterior). Las memorias anuales las presentan sociedades y sucursales que superan umbrales de capital o patrimonio (3 millones en España y 1,5 millones en el exterior) cuando el inversor alcanza el 10 %. La Secretaría de Estado de Comercio publica los datos en DataInvex, trimestrales para flujos y anuales para la posición, con desinversiones, lo que permite calcular inversión bruta y neta.

ETVE. Entidades de Tenencia de Valores Extranjeros: sociedades residentes dedicadas a tener participaciones en sociedades no residentes, con régimen fiscal especial del Impuesto sobre Sociedades (Ley 27/2014). Generan poco empleo e inversión en activos fijos, así que sus operaciones pueden ser elevadas con muy poco efecto económico. Por eso el Registro separa operaciones ETVE y no ETVE y considera estas últimas la inversión productiva.

Hay dos fuentes sobre inversión directa: la Balanza de Pagos y Posición de Inversión Internacional del Banco de España y el Registro, que colaboran mediante un convenio de intercambio de datos. Difieren en:

05ANÁLISIS DE FLUJOS DE LAS INVERSIONES EXTRANJERAS EN ESPAÑA

Posición de Inversión Internacional (PII). Stock de activos y pasivos financieros frente al exterior en un momento dado. La PII neta es su diferencia: acreedora si los activos superan a los pasivos, deudora en caso contrario. Depende de las transacciones financieras del periodo, de los efectos de valoración (tipos de cambio y precios) y de otros ajustes. España mantiene una PII neta deudora, muy reducida en la última década.

Stock. Según el Registro (ejercicio 2024), la IED productiva alcanzó 627.795 M€, un 1,6 % más, tras más de una década de crecimiento ininterrumpido. Los principales orígenes son EEUU, Alemania, Francia y Reino Unido, y los flujos se concentran en industria manufacturera, energía, comercio y servicios financieros. Las empresas con participación extranjera generan más de 2 millones de empleos, cerca del 10 % del total.

Flujos de 2025 (datos del Registro de marzo de 2026), con nuevo descenso:

El descenso parte de un nivel muy alto: 2024 fue el segundo mejor año en inversión productiva, aunque la comparación está afectada por la incorporación de la financiación intragrupo. El primer trimestre de 2026 crece un 22,6 %, hasta 6.567 M€.

06EFECTOS DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA EN ESPAÑA

Desde el ingreso en la CEE en 1986, España recibe una fuerte entrada de inversión directa, en industria (automoción, química) y servicios. Los flujos son muy sensibles al ciclo y a la incertidumbre internacional, con volatilidad por grandes operaciones puntuales.

Afecta al crecimiento, al empleo y a la competitividad. Cuantitativamente se concentra en manufacturas, comercio y energía, y gana peso en servicios de información por los centros de datos. Cualitativamente ha sido decisiva en sectores de alto valor añadido:

Según el INE, en 2024 había 17.898 filiales de empresas extranjeras, con 851.179 M€ de cifra de negocios y 2.561.593 personas ocupadas. La industria generó el 41,0 % de la facturación y el material de transporte el 82,9 % de su cifra de negocios. Las filiales de matriz en la zona del euro suponen el 56,7 %. Presentan mayor productividad y mayor proporción de ventas fuera de España que las nacionales.

07ATRACCIÓN DE INVERSIONES HACIA ESPAÑA

ICEX-Invest in Spain. Procede de la Sociedad Estatal para la Promoción y Atracción de las Inversiones Exteriores (2005), integrada en ICEX España Exportación e Inversiones por el Real Decreto-ley 20/2012. Depende funcionalmente del MECE a través de la Secretaría de Estado de Comercio. Su objeto es promover y atraer inversión extranjera y crear un clima favorable:

Entre los proyectos recientes destacan la fábrica de baterías de PowerCo en Sagunto, la gigafactoría de Stellantis y CATL en Figueruelas, Chery en Barcelona y los centros de datos de Amazon Web Services en Aragón.

08CONCLUSIÓN

El stock de IED, cercano a 628.000 M€ en 2024, confirma más de una década de crecimiento. Los flujos de 2025 bajaron un 20,5 %, hasta 34.016 M€, desde un nivel muy alto, y los primeros datos de 2026 apuntan a recuperación. Hay que reforzar la promoción liderada por ICEX sin renunciar al control en sectores estratégicos, como el escudo antiopas, vigente hasta finales de 2026. La inversión extranjera sigue siendo estructural por su contribución al empleo y a las exportaciones y a la modernización de sectores de alto valor añadido.