← ESQUEMAS
SERGIO ARGUDO · ESQUEMAS SOIVRE

El transporte internacional marítimo y aéreo

Aspectos generales. Formas de contratación. Responsabilidad de los operadores y agentes económicos. Documentos utilizados.

Ejercicio 3 · Esquema del tema 32 · Actualizado el
EJ. 3 · TEMA32

01INTRODUCCIÓN

El transporte es consecuencia directa del comercio internacional: cada compraventa internacional genera un flujo físico de mercancías. Es una de las áreas clave de la logística, la organización del aprovisionamiento, almacenamiento, manipulación y transporte para satisfacer la demanda al menor coste. Se distingue una fase interior y una fase internacional, y las dos decisiones fundamentales de la empresa son la elección del medio de transporte (criterios técnicos, comerciales y financieros) y la programación de los transportes.

Por el medio en que se desarrolla, el transporte es marítimo, terrestre (carretera o ferrocarril) o aéreo. El marítimo canaliza más del 80 % del comercio mundial en volumen (UNCTAD). En España, según Puertos del Estado, mueve cerca del 76 % de las importaciones y el 55 % de las exportaciones, y en 2024 el comercio exterior por los puertos alcanzó unos 285 millones de toneladas, dentro de unos 558 millones de tráfico total.

Intermodal y multimodal. En el transporte intermodal la mercancía se mantiene en la misma unidad de carga al cambiar de modo sin manipularse. El multimodal exige además un único contrato y un operador responsable de todo el trayecto.

02ASPECTOS GENERALES DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRANSPORTE

2.1Fases de la operación de transporte

La organización comprende dos fases cuya coordinación es esencial:

La mejor forma de organizar el transporte exige conocer densidad, fragilidad, valor y peligrosidad del producto, los obstáculos geográficos, el clima y la duración.

2.2Las unidades de transporte intermodal

Las unidades de transporte intermodal (UTI) (paleta, contenedor, caja móvil) mantienen agrupada la mercancía de origen a destino y facilitan el puerta a puerta. En el marítimo destaca el contenedor ISO, normalizado, permanente, rectangular y apilable, cuya unidad de medida es el TEU (20 pies), con el de 40 pies (FEU) también habitual. En el aéreo se usan las unidades de carga (ULD) normalizadas por la IATA, contenedores y paletas adaptados al fuselaje.

2.3Personas que intervienen con carácter general

03EL TRANSPORTE INTERNACIONAL MARÍTIMO

3.1Marco jurídico

Es el modo más antiguo y más regulado internacionalmente. La Organización Marítima Internacional (OMI) administra más de cincuenta convenios:

En España la norma básica es la Ley 14/2014, de Navegación Marítima, que regula el buque, los sujetos de la navegación, los contratos de utilización del buque, el conocimiento de embarque y el seguro marítimo.

3.2Personas que intervienen

3.3Buques y limitaciones técnicas

Según la mercancía, los buques son petroleros, graneleros, portacontenedores, quimiqueros, gaseros, de carga general, frigoríficos, portabarcazas o de carga rodada (ro-ro).

La limitación fundamental es el tonelaje de peso muerto (TPM o DWT), el peso máximo que puede transportar el buque, con carga y pesos variables como combustible, agua, provisiones y tripulación. Depende de las dimensiones, la resistencia y los calados máximos de seguridad (línea de máxima carga o marca Plimsoll), de modo que la carga útil varía con los consumibles de cada viaje. Otras limitaciones: resistencia del piso y cúbico de las bodegas, dimensiones de las escotillas y relación velocidad y consumo, que condiciona el coste diario y los fletes.

3.4Formas de contratación

Según volumen y frecuencia de los envíos existen tres regímenes:

En la línea regular los costes se dividen en dos grupos:

Quién soporta la carga y descarga se expresa con estos términos:

Deben coordinarse con los Incoterms 2020 de la Cámara de Comercio Internacional. Cuatro son exclusivos del transporte marítimo y fluvial: FAS, FOB, CFR y CIF.

3.5Documentación del transporte marítimo

Clases de conocimiento:

Avería gruesa. Es todo sacrificio o gasto extraordinario realizado intencionada y razonablemente por el capitán para salvar buque y carga de un peligro común, como echar carga al mar. Sus consecuencias se reparten proporcionalmente entre todos los interesados según las Reglas de York y Amberes (última versión, 2016). La avería simple o particular la soporta el propietario del bien dañado.

3.6Responsabilidad del porteador marítimo

La responsabilidad en régimen de conocimiento de embarque se rige por varios convenios:

04EL TRANSPORTE INTERNACIONAL AÉREO

4.1Ventajas e inconvenientes

Ventajas:

Inconvenientes: limitaciones de peso y dimensiones, cada vez menores por el mayor tamaño de los aviones, y elevado coste, poco adecuado para mercancías de bajo valor añadido como las materias primas.

4.2Organismos y personas que intervienen

4.3Limitaciones técnicas

4.4Formas de contratación y tarifas

Las tarifas se calculan sobre el peso tarifario, el mayor entre el peso real y el volumétrico, con la equivalencia IATA de 6.000 cm³ por kilogramo. Categorías:

4.5La carta de porte aéreo

La carta de porte aéreo (air waybill, AWB), o conocimiento aéreo, es el documento principal. A diferencia del conocimiento de embarque marítimo, no es negociable ni título valor. Sus funciones:

Se emite en tres originales (transportista, destinatario y expedidor) y varias copias. Recoge aeropuertos en códigos de tres letras, datos del envío, instrucciones, reservas y, en su caso, la declaración de valor, que eleva el límite de responsabilidad. El Convenio de Montreal permite sustituirla por un registro electrónico y la e-AWB es hoy la práctica habitual.

4.6Responsabilidad del transportista aéreo

Se rige por dos sistemas:

05EL TRANSPORTE MULTIMODAL

Transporte multimodal. Traslado de mercancías, normalmente en UTI, con al menos dos modos distintos sucesivos, bajo un único contrato y documento y un único responsable frente al cargador. Es la base del puerta a puerta y puede tener base marítima, ferroviaria o aérea.

Interviene el operador de transporte multimodal (OTM), que contrata los servicios y asume la responsabilidad de todo el trayecto. El Convenio de las Naciones Unidas de 1980 no ha entrado en vigor, por lo que en la práctica se aplican las Reglas UNCTAD/CCI de 1992, incorporadas a los contratos.

El documento más utilizado es el conocimiento de embarque multimodal FIATA negociable (FBL), emitido por transitarios de las asociaciones integradas en la FIATA. El miembro español es la FETEIA, hoy integrada en FETEIA-OLTRA. Es prueba del contrato, recibo de la mercancía, documento negociable y, a petición del expedidor, certificado de seguro. Recoge lugares de recepción y entrega (a menudo interiores), descripción, peso y volumen, forma de pago del flete y reservas.

06CONCLUSIÓN

Los transportes marítimo y aéreo son complementarios: el primero domina el comercio en volumen por su bajo coste unitario y el segundo es imprescindible para mercancías urgentes, perecederas o de alto valor. Su régimen se caracteriza por una larga unificación internacional, con responsabilidad limitada del transportista y límites en derechos especiales de giro, actualizados periódicamente en el aéreo.

El sector afronta transformaciones: