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SERGIO ARGUDO · ESQUEMAS SOIVRE

El transporte internacional por carretera y ferrocarril

Aspectos generales. Convenio CIM y régimen TIF para el transporte por ferrocarril. El Convenio CMR y el régimen TIR para el transporte por carretera. Acuerdo sobre transporte internacional de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en estos transportes (ATP). Normativa aplicable. Documentos de transporte: la Carta de Porte.

Ejercicio 3 · Esquema del tema 33 · Actualizado el
EJ. 3 · TEMA33

01INTRODUCCIÓN

El transporte es consecuencia directa del comercio internacional y un área clave de la logística de la empresa. Sus dos decisiones fundamentales son la elección del medio, que depende de aspectos técnicos, comerciales y financieros, y la programación de los transportes (rutas y volúmenes). Dentro del transporte terrestre, la carretera destaca por su flexibilidad y el servicio puerta a puerta, y predomina en el comercio de España con Europa. El ferrocarril es competitivo para grandes volúmenes y largas distancias y tiene ventajas ambientales, pero su cuota en España es de en torno al 4 % por el ancho de vía ibérico, la longitud de los trenes y la escasa integración con los puertos.

02ASPECTOS GENERALES DEL TRANSPORTE TERRESTRE

2.1Fases de la operación de transporte

La operación tiene una fase estática de preparación, que incluye la protección física de la mercancía (envase, embalaje, estiba, almacenaje) y la jurídico-económica (seguro), y una fase dinámica de movimiento, que abarca vehículos, aspectos jurídicos y documentales y formas de contratación.

La caja móvil es la unidad de transporte intermodal propia del transporte combinado carretera-ferrocarril. Está normalizada en Europa por el CEN y, a diferencia del contenedor ISO, no es apilable. Los semirremolques pueden cargarse en vagones especiales (autopista ferroviaria).

Intervienen el operador logístico, el transitario y el grupajista. La Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres agrupa a los intermediarios por carretera en el operador de transporte, que contrata en nombre propio con el cargador y subcontrata con transportistas efectivos.

2.2Aspectos técnicos del ferrocarril

Las principales limitaciones son:

El material lo forman locomotoras y vagones de tipos muy diversos: cerrados, abiertos, portacontenedores, cisternas, tolvas, portaautomóviles y frigoríficos.

2.3Aspectos técnicos de la carretera

Los vehículos habituales son los articulados (cabeza tractora y semirremolque de lona, caja cerrada, frigorífico, cisterna o portacontenedores) y los trenes de carretera (camión y remolque).

2.4Formas de contratación

Depende del volumen y la frecuencia de los envíos:

2.5Régimen administrativo del transporte internacional por carretera

El acceso al mercado está sometido a autorización:

En el ferrocarril, la Unión liberalizó el transporte de mercancías mediante los paquetes ferroviarios. La Ley 38/2015 del sector ferroviario separa la infraestructura (Adif y Adif Alta Velocidad) de la prestación de los servicios.

03EL TRANSPORTE INTERNACIONAL POR FERROCARRIL: EL CONVENIO CIM Y EL RÉGIMEN TIF

3.1El Convenio COTIF y las Reglas Uniformes CIM

El COTIF (9 de mayo de 1980), modificado por el Protocolo de Vilna de 3 de junio de 1999 (en vigor desde el 1 de julio de 2006), regula el transporte internacional de mercancías por ferrocarril. Lo administra la OTIF, con sede en Berna, con medio centenar de Estados y, desde 2011, la Unión Europea. Sustituyó a los antiguos Convenios CIM y CIV de 1970. Las Reglas Uniformes CIM son su apéndice B, junto a otros como el RID (mercancías peligrosas). Sus aspectos principales son:

Con Europa oriental y el espacio euroasiático, incluida China, se aplica el Acuerdo SMGS (OSJD). La carta de porte común CIM/SMGS permite un único documento entre ambos sistemas y ha facilitado los servicios ferroviarios Europa-China.

3.2El régimen TIF

El régimen TIF (Transporte Internacional por Ferrocarril) nace del Convenio de Ginebra de 10 de enero de 1952, bajo la CEPE/ONU, para facilitar el paso de fronteras. Las mercancías circulaban en tránsito en vagones precintados hasta estaciones interiores de destino habilitadas, donde se despachaban.

En la Unión evolucionó a un procedimiento simplificado de tránsito en el que la carta de porte CIM en papel servía de declaración de tránsito y la empresa ferroviaria era titular del régimen y garante. Con el Código Aduanero de la Unión lo sustituyó el tránsito electrónico NCTS, cuya fase 6, desplegada desde 2025, lo integra con el sistema de seguridad ICS2. Hoy el TIF es un antecedente histórico.

04EL TRANSPORTE INTERNACIONAL POR CARRETERA: EL CONVENIO CMR Y EL RÉGIMEN TIR

4.1El Convenio CMR

El Convenio CMR (Ginebra, 19 de mayo de 1956, CEPE/ONU) regula el contrato de transporte internacional de mercancías por carretera. España se adhirió en 1974. Sus aspectos principales son:

En el transporte interior español rige la Ley 15/2009, inspirada en el CMR, que limita la indemnización por pérdida o avería a un tercio del IPREM diario por kilogramo bruto.

4.2El régimen TIR

El Convenio TIR (Transports Internationaux Routiers) se adoptó en Ginebra el 14 de noviembre de 1975, bajo la CEPE/ONU, y sustituyó al de 1959. Tiene más de 75 partes, entre ellas la Unión Europea, y se ha extendido a China, Pakistán o la India. Permite transportar mercancías de una aduana de partida a una de destino, atravesando varios países, sin controles aduaneros sistemáticos en las fronteras intermedias ni garantías nacionales en cada país. Se basa en:

Desde el 25 de mayo de 2021 está en vigor el anexo 11, que regula el eTIR, versión totalmente electrónica. Dentro de la Unión, único territorio aduanero, el cuaderno TIR no puede usarse en un movimiento exclusivamente entre Estados miembros, y debe intervenir un tercer país.

05EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PERECEDERAS: EL ACUERDO ATP Y EL REAL DECRETO 1202/2005

5.1El Acuerdo ATP

El Acuerdo ATP (Ginebra, 1 de septiembre de 1970, CEPE/ONU, publicado en España en el BOE de 22 de noviembre de 1976) garantiza que las mercancías perecederas se transporten en condiciones óptimas de temperatura y que los vehículos cumplan normas técnicas comunes. Se actualiza mediante enmiendas. Se aplica al transporte internacional de ciertas mercancías perecederas, por cuenta ajena o propia, por ferrocarril, carretera o ambos, incluidos trayectos marítimos de menos de 150 km, cuando carga y descarga están en Estados diferentes y la descarga ocurre en una parte contratante.

Fija temperaturas máximas de transporte:

Distingue los vehículos especiales:

Los vehículos superan ensayos en estaciones autorizadas, obtienen un certificado de conformidad ATP de validez limitada y renovable, y llevan marcas de su categoría y clase.

5.2El Real Decreto 1202/2005

El Real Decreto 1202/2005 extiende las normas del ATP vigentes en cada momento a los transportes dentro del territorio nacional, sin perjuicio de la seguridad alimentaria. Se dicta al amparo de las competencias exclusivas del Estado en bases de la planificación económica, sanidad exterior, bases de la sanidad y transportes terrestres que discurran por más de una comunidad autónoma. También se aplican los acuerdos suscritos por España conforme al ATP.

Se suman otras normas:

06LA DOCUMENTACIÓN: LA CARTA DE PORTE

6.1La carta de porte ferroviaria CIM

La carta de porte CIM documenta el contrato de transporte internacional por ferrocarril. Es prueba, salvo prueba en contrario, de la recepción de la mercancía y, cuando el transportista ha realizado la carga, de su estado aparente. No es título valor: ni negociable ni representa la mercancía. Sus características son:

6.2La carta de porte por carretera CMR

La carta de porte CMR documenta el contrato de transporte por carretera. Como la CIM, prueba el contrato y la recepción, no es título valor y refleja las condiciones del transporte. Sus rasgos diferenciales son:

07CONCLUSIÓN

La carretera domina el comercio de España con Europa por su flexibilidad y el servicio puerta a puerta. El ferrocarril tiene una cuota muy inferior a la media europea por el ancho ibérico y las limitaciones de la infraestructura, y los corredores ferroviarios y el transporte intermodal son prioridad de la política europea para reducir emisiones y congestión. El transporte multimodal, con un operador que asume todo el trayecto, puede documentarse con un único contrato, como el conocimiento de embarque multimodal FIATA (FBL). La digitalización (e-CMR, carta de porte CIM electrónica, eTIR, eFTI) y la sustitución de procedimientos en papel como el TIF por el tránsito electrónico transformarán la gestión del transporte terrestre. Para el SOIVRE son especialmente útiles el ATP y la documentación en el control de perecederos en frontera, donde la temperatura condiciona la calidad comercial.