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SERGIO ARGUDO · ESQUEMAS SOIVRE

La Unión Europea

Antecedentes y evolución. El Tratado de Maastricht. El Tratado de Ámsterdam. El Tratado de Niza. El Tratado de Lisboa.

Ejercicio 3 · Esquema del tema 41 · Actualizado el
EJ. 3 · TEMA41

01INTRODUCCIÓN

La adhesión de España a las Comunidades Europeas el 1 de enero de 1986 puso fin al aislamiento respecto a Europa, consolidó la democracia y transformó la estructura productiva y el comercio exterior español. La Unión Europea es el resultado de un proceso gradual iniciado en los años cincuenta con la integración del carbón y del acero y profundizado mediante sucesivas reformas de los Tratados. Cada reforma ha buscado profundizar la integración y adaptar las instituciones a las ampliaciones.

02ANTECEDENTES Y EVOLUCIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA

2.1Los antecedentes

Hubo precedentes en el siglo XIX, como el Zollverein (1834), unión aduanera entre Estados alemanes impulsada por Prusia. La integración actual nació tras la Segunda Guerra Mundial para garantizar la paz y la reconstrucción. Surgieron entonces varias organizaciones de cooperación:

2.2La CECA y los Tratados de Roma

La Declaración Schuman (9 de mayo de 1950), inspirada por Jean Monnet, propuso poner la producción franco alemana de carbón y acero bajo una Alta Autoridad común. Es el inicio simbólico de la construcción europea y origen del Día de Europa.

El Tratado de París (18 de abril de 1951) creó la CECA entre Francia, Alemania, Italia, Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo. Entró en vigor el 23 de julio de 1952 y expiró el 23 de julio de 2002. Buscaba un mercado común del carbón y del acero, pero su finalidad última era política, hacer imposible un nuevo conflicto entre Francia y Alemania.

Tras el fracaso de la Comunidad Europea de Defensa (1954), la Conferencia de Mesina (1955) encargó el Informe Spaak (1956), base de los Tratados de Roma, firmados el 25 de marzo de 1957 y en vigor desde el 1 de enero de 1958. Crearon la CEE y EURATOM. El Tratado CEE preveía:

Otros hitos: el Tratado de Fusión (1965, en vigor en 1967) unificó los ejecutivos en un Consejo y una Comisión únicos. Los Tratados presupuestarios de 1970 y 1975 introdujeron los recursos propios y crearon el Tribunal de Cuentas. En 1979 hubo las primeras elecciones directas al Parlamento Europeo.

2.3Las ampliaciones

Desde los seis fundadores ha habido siete ampliaciones:

No son ampliaciones dos salidas. Groenlandia abandonó las Comunidades el 1 de febrero de 1985. El Reino Unido, tras el referéndum de 2016, notificó su retirada conforme al art. 50 TUE y salió el 31 de enero de 2020, quedando la Unión en 27 Estados.

Los criterios de Copenhague (1993) condicionan la adhesión:

El Consejo Europeo de Madrid de 1995 añadió la capacidad administrativa. Hoy son candidatos Albania, Bosnia y Herzegovina, Georgia, Macedonia del Norte, Moldavia, Montenegro, Serbia, Turquía y Ucrania, y Kosovo es candidato potencial. Montenegro y Albania son los más avanzados.

2.4Crisis y relanzamiento: el Sistema Monetario Europeo

En los años setenta, el colapso de Bretton Woods (1971) y las crisis del petróleo (1973 y 1979) provocaron la euroesclerosis. La respuesta fue la serpiente monetaria (1972) y después el Sistema Monetario Europeo (marzo de 1979), con tipos de cambio fijos pero ajustables, el ECU y el Mecanismo de Tipos de Cambio.

El relanzamiento llegó con el Libro Blanco de la Comisión sobre el mercado interior (1985), de Delors y Lord Cockfield. Proponía cerca de 300 medidas antes del 31 de diciembre de 1992 para suprimir tres tipos de fronteras:

2.5El Acta Única Europea

Firmada en febrero de 1986 y en vigor desde el 1 de julio de 1987, fue la primera gran reforma de los Tratados de Roma. Sus aportaciones:

Creó el Tribunal de Primera Instancia, activo desde 1989.

03EL TRATADO DE MAASTRICHT

3.1Origen

El Consejo Europeo de Hannover (1988) encargó a Delors el estudio de la UEM, que el Informe Delors (1989) planteó en tres etapas. Dos conferencias intergubernamentales, abiertas en Roma en diciembre de 1990, dieron lugar al Tratado de la Unión Europea, firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992 y en vigor desde el 1 de noviembre de 1993, tras un primer no danés en referéndum.

3.2Principales novedades

Creó la Unión Europea, fundada en las Comunidades y completada con dos formas de cooperación intergubernamental. El Tratado CEE pasó a ser el TCE. Novedades principales:

3.3La Unión Económica y Monetaria

La UEM se articuló en tres etapas:

Los criterios de convergencia para acceder a la tercera etapa son cinco:

El euro comenzó con 11 Estados en 1999 y la zona cuenta hoy con 21, tras Croacia (2023) y Bulgaria (1 de enero de 2026). Dinamarca tiene cláusula de exclusión voluntaria y los demás deben adoptarlo al cumplir los criterios.

3.4La estructura de tres pilares

04EL TRATADO DE ÁMSTERDAM

4.1Origen y objetivos

Fruto de la conferencia de revisión prevista en el TUE para 1996, se firmó el 2 de octubre de 1997 y entró en vigor el 1 de mayo de 1999. Quería acercar la Unión a los ciudadanos y preparar las instituciones para la ampliación, pero la reforma institucional quedó en buena parte pendiente (los «restos de Ámsterdam»).

4.2Principales novedades

El espacio Schengen reúne hoy 29 países, 25 miembros de la UE y cuatro asociados (Islandia, Noruega, Suiza y Liechtenstein). Solo Irlanda, con exclusión voluntaria, y Chipre, pendiente de integración, quedan fuera.

05EL TRATADO DE NIZA

5.1Origen

La conferencia intergubernamental de 2000 debía resolver los «restos de Ámsterdam» ante la ampliación al Este. El Consejo Europeo de Niza (diciembre de 2000) logró el acuerdo político. El Tratado se firmó el 26 de febrero de 2001 y entró en vigor el 1 de febrero de 2003, tras un primer no irlandés en 2001.

5.2Principales novedades

En Niza se proclamó la Carta de los Derechos Fundamentales, entonces sin valor vinculante. La Declaración sobre el futuro de la Unión abrió el debate que condujo a la Convención Europea.

06LA CONVENCIÓN EUROPEA Y EL TRATADO CONSTITUCIONAL

6.1La Convención Europea

Convocada por el Consejo Europeo de Laeken (diciembre de 2001) y presidida por Giscard d'Estaing, reunió a representantes de Gobiernos, Parlamentos nacionales, Parlamento Europeo y Comisión. Deliberó entre febrero de 2002 y julio de 2003 y elaboró el proyecto de Constitución para Europa.

6.2Estructura y contenido

El Tratado Constitucional sustituía a todos los Tratados anteriores, salvo EURATOM, y tenía cuatro partes:

Aportaba la personalidad jurídica única, la supresión de los pilares, la Carta vinculante, la cláusula de retirada, un Presidente estable del Consejo Europeo, un Ministro de Asuntos Exteriores, la doble mayoría y la codecisión como procedimiento legislativo ordinario.

6.3El fracaso de la ratificación

Firmado en Roma el 29 de octubre de 2004, España lo ratificó por referéndum consultivo el 20 de febrero de 2005, pero Francia (mayo de 2005) y los Países Bajos (junio de 2005) lo rechazaron. En junio de 2007 el Consejo Europeo abandonó el proyecto constitucional y aprobó el mandato de un Tratado de reforma sin símbolos ni terminología constitucional.

07EL TRATADO DE LISBOA

7.1Origen y estructura

Firmado el 13 de diciembre de 2007, su ratificación se retrasó por el no irlandés de 12 de junio de 2008, superado en octubre de 2009 con un segundo referéndum. Entró en vigor el 1 de diciembre de 2009.

A diferencia del Tratado Constitucional, modifica los Tratados existentes en lugar de sustituirlos. El Derecho originario queda en dos Tratados de igual valor, el TUE y el TFUE (nuevo nombre del TCE), junto a la Carta de los Derechos Fundamentales, con el mismo valor jurídico. EURATOM sigue como Tratado separado.

7.2Una Europa más democrática y transparente

7.3Una Europa más eficaz

7.4Una Europa de derechos, valores y solidaridad

7.5La Unión como actor global

7.6Situación institucional actual

Tras las elecciones de junio de 2024:

08CONCLUSIÓN

En algo más de setenta años, la integración ha pasado de una comunidad sectorial de seis Estados a una Unión de 27 Estados y unos 450 millones de habitantes, con mercado interior sin fronteras, moneda única en 21 Estados y política comercial común. El Acta Única relanzó el mercado interior, Maastricht creó la Unión y la UEM, Ámsterdam y Niza adaptaron las instituciones con resultados limitados, y Lisboa, tras el fracaso constitucional, dio a la Unión su marco jurídico actual.

La retirada del Reino Unido fue la primera aplicación del art. 50 TUE. Exige notificar al Consejo Europeo y negociar un acuerdo de retirada. Los Tratados dejan de aplicarse con su entrada en vigor o, en su defecto, dos años después de la notificación, salvo prórroga unánime. Un reingreso seguiría el art. 49 TUE.

Los retos actuales giran en torno a profundizar y ampliar. Una nueva ampliación hacia Ucrania, Moldavia y los Balcanes Occidentales exige reformas como la extensión de la mayoría cualificada. Para el comercio exterior español y el SOIVRE, el marco de Lisboa es clave, pues la unión aduanera y la política comercial común son competencias exclusivas de la Unión y fundamentan los controles en las fronteras exteriores.