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SERGIO ARGUDO · ESQUEMAS SOIVRE

La integración económica regional

El regionalismo de la economía internacional.

Ejercicio 5 · Esquema del tema 9 · Actualizado el
EJ. 5 · TEMA9

01INTRODUCCIÓN

La liberalización del comercio avanza desde la Segunda Guerra Mundial por dos vías: la multilateral (GATT y, desde 1995, la OMC), que reduce las barreras para todos por igual, y la regional o preferencial, con ventajas que un grupo de países no extiende al resto, el regionalismo. Según la OMC hay más de 350 acuerdos regionales en vigor. Con la Ronda de Doha estancada son la principal forma de liberalización, y plantean si conducen a un comercio más libre o lo fragmentan en bloques.

02LA INTEGRACIÓN ECONÓMICA: CONCEPTO Y FASES

2.1Concepto de integración

Para Balassa (1961) la cooperación reduce la discriminación entre países, mientras que la integración suprime algunas formas de ella, como las barreras al comercio entre miembros. Desde las relaciones internacionales, es el proceso por el que los Estados renuncian a decidir solos sobre ciertas políticas y las toman conjuntamente o las delegan en órganos comunes. La teoría funcionalista lo explica por el efecto de desbordamiento: la cooperación en un sector crea intereses comunes que llevan a cooperar en otros, como desde la CECA de 1951. Los procesos son voluntarios, graduales y suelen empezar por lo económico.

2.2Las fases de la integración económica

Balassa las clasificó de menor a mayor profundidad:

Las reglas de origen exigen una transformación o un porcentaje mínimo de valor añadido en la zona, y condicionan el aprovechamiento de los acuerdos. La acumulación permite usar insumos de varios socios, como la diagonal paneuromediterránea de la Unión Europea. Muchos acuerdos de integración profunda incluyen desde el inicio servicios, inversiones, contratación pública, propiedad intelectual, comercio digital y desarrollo sostenible.

03LOS EFECTOS ECONÓMICOS DE LA INTEGRACIÓN

3.1Los efectos estáticos: creación y desviación de comercio

Viner (1950) mostró que una unión aduanera no aumenta necesariamente el bienestar, aunque suponga más libre comercio entre sus miembros. Distinguió dos efectos:

En el país A, antes de la unión importa del país C pagando arancel. Al formar la unión con B importa de B sin arancel y a menor precio. Las áreas a y b son la ganancia por creación de comercio, y el área c, la pérdida por desviación, porque A paga a B más que a C.

Efectos de creación y desviación de comercio de una unión aduanera en el país A. Elaboración propia.
Efectos de creación y desviación de comercio de una unión aduanera en el país A. Elaboración propia.

La creación tiende a dominar cuanto mayor es el comercio previo entre socios y mayor la unión, más elásticas son la oferta y la demanda, más alto era el arancel inicial entre socios y más bajo el exterior común, y más competitivas y no complementarias son sus economías. Meade añadió el efecto consumo. Kemp y Wan (1976) demostraron que siempre se puede formar una unión que mejore a sus miembros sin perjudicar a terceros, si el arancel exterior común mantiene el comercio con el resto del mundo.

3.2La medición de la integración

Se mide por la proporción del comercio intrarregional sobre el total: en la Unión Europea ronda el 60 % del comercio de bienes, en la ASEAN una quinta parte y en Mercosur menos. Refleja la profundidad de la integración y la estructura productiva: las economías exportadoras de materias primas comercian poco entre sí.

3.3Los efectos dinámicos

Son los más importantes y se producen a largo plazo:

El Informe Cecchini (1988) estimó que completar el mercado único daría ganancias del 4 % al 6 % del PIB comunitario, sobre todo por estos efectos.

3.4Los costes de la integración

Hay reajustes con pérdida de empleo en los sectores menos competitivos, y las ganancias pueden concentrarse en las regiones ricas, lo que justifica políticas de cohesión. La integración monetaria obliga a renunciar al tipo de cambio y a la política monetaria propia, y según Mundell (1961) solo compensa si los países son similares, sus factores móviles o hay transferencias fiscales.

04EL REGIONALISMO Y EL SISTEMA MULTILATERAL

4.1El marco jurídico en la OMC

Los acuerdos regionales excepcionan la no discriminación y la cláusula de la nación más favorecida, y la OMC los admite con condiciones:

Los acuerdos se notifican a la OMC y los examina el Comité de Acuerdos Comerciales Regionales, con un control poco exigente en la práctica.

4.2Las oleadas del regionalismo

4.3El regionalismo en los países en desarrollo

En América Latina y África se concibió en los sesenta, siguiendo a la CEPAL, como complemento de la industrialización por sustitución de importaciones. Intentos como la ALALC de 1960, antecesora de la ALADI, tuvieron resultados limitados por la escasa complementariedad, la inestabilidad macroeconómica y la resistencia a ceder soberanía. Desde los noventa predomina el regionalismo abierto y los acuerdos Norte-Sur, que dan acceso a grandes mercados a cambio de compromisos en inversión, propiedad intelectual y estándares laborales y ambientales.

El SPG de la Unión Europea tiene tres modalidades:

4.4¿Bloques de construcción o de obstáculo?

El debate central es si el regionalismo favorece o perjudica la liberalización multilateral:

La evidencia sugiere que los acuerdos modernos crean más comercio del que desvían, porque los aranceles exteriores son ya bajos, pero el regionalismo ha avanzado en paralelo al estancamiento multilateral.

05LOS PRINCIPALES PROCESOS DE INTEGRACIÓN

5.1Europa

La Unión Europea es el proceso más avanzado: 27 Estados miembros, mercado único, política comercial común y 21 con el euro. El Reino Unido salió el 31 de enero de 2020 y desde 2021 se rige por un Acuerdo de Comercio y Cooperación. Sus etapas: CECA (1951), CEE (Roma, 1957), unión aduanera (1968), Acta Única (1986), Maastricht (1992) y euro (1999), con el mercado único completado en 1993. El Informe Letta (2024) advirtió de que sigue incompleto en energía, telecomunicaciones y servicios financieros.

Tiene la mayor red de acuerdos del mundo, con 44 acuerdos preferenciales con 76 países a finales de 2025, que cubren cerca de la mitad de su comercio exterior. Destacan el EEE, la unión aduanera con Turquía, CETA, Japón, Corea del Sur, Singapur, Vietnam y Nueva Zelanda, y los de nueva generación de 2026 con Mercosur (acuerdo interino aplicado de forma provisional desde mayo de 2026), México, India y Australia. El Acuerdo de Samoa (2023) sustituyó al de Cotonú.

5.2América

5.3Asia y el Pacífico

5.4Otras regiones

5.5Las relaciones entre la Unión Europea y Estados Unidos

El TTIP se paralizó en 2016 y en 2019 el Consejo declaró obsoletas sus directrices. Desde entonces hay disputas, como los aranceles de 2018 al acero y al aluminio o Airbus y Boeing, en tregua desde 2021.

En 2025 EEUU impuso aranceles generalizados. La Declaración Conjunta del 21 de agosto de 2025 fija un arancel máximo del 15 % para la mayoría de las exportaciones europeas, aplicada por la Unión mediante reglamentos de junio de 2026. En febrero de 2026 el Tribunal Supremo declaró que la ley de emergencia en que se basaban parte de los aranceles no permitía imponerlos, y la Administración los sustituyó por otros instrumentos.

5.6Las nuevas tendencias del regionalismo

06CONCLUSIÓN

La integración regional amplía mercados, aprovecha economías de escala, aumenta la competencia y refuerza la posición negociadora, pero sus efectos dependen de que la creación de comercio supere a la desviación, y sus mayores ganancias son dinámicas. El reto es que los acuerdos sean compatibles con la OMC y base de una apertura más amplia, no de bloques rivales.

Para España, la integración en la Unión Europea (Acuerdo Preferencial de 1970 y adhesión de 1986) ha sido decisiva para su apertura y modernización. La Unión concentra la mayor parte de su comercio exterior y los acuerdos que negocia la Comisión abren mercados, sobre todo en América Latina, con Mercosur y México.