Sector pesquero español
Evolución y situación actual en la UE.
01INTRODUCCIÓN
El sector pesquero, parte del sector primario, pesa menos del 1 % del VAB y del empleo nacionales, pero es más importante de lo que reflejan esas cifras. Sostiene comunidades costeras de Galicia, Canarias, Andalucía o el País Vasco, España es potencia pesquera de la UE (mayor flota en capacidad, mayor producción acuícola e industria conservera líder) y es uno de los mayores mercados de productos del mar de Europa, lo que explica sus importaciones.
Desde la adhesión en 1986 rige la Política Pesquera Común (PPC), de competencia exclusiva de la Unión en la conservación de los recursos biológicos marinos. La evolución del sector depende así de las decisiones de Bruselas sobre caladeros, posibilidades de pesca, capacidad de la flota y acuerdos con terceros países.
02ESTRUCTURA ECONÓMICA DEL SECTOR PESQUERO ESPAÑOL
2.1Los recursos pesqueros
Los recursos abundan sobre las plataformas continentales y donde las corrientes aportan nutrientes. España no tiene una dotación especialmente favorable: su plataforma es estrecha, salvo en zonas del golfo de Cádiz, el delta del Ebro o el litoral gallego, y el Mediterráneo es pobre y con signos de sobreexplotación. Por eso la flota faena tradicionalmente en aguas de otros Estados y en alta mar.
2.2La flota pesquera
La flota es la primera de la UE en capacidad, con unos 301.000 GT y 730.000 kW a finales de 2025 (cerca de la cuarta parte del arqueo comunitario), y la tercera en número de buques, tras Grecia e Italia, con unas 8.400 a finales de 2024. El número de buques baja por desguaces financiados con fondos europeos y por abandono, y la capacidad está bajo los límites máximos fijados para España.
Segmentos según la zona de pesca:
- Artes menores y bajura: el más numeroso, embarcaciones pequeñas de empresa familiar en el caladero nacional, con producto fresco
- Altura: buques medios en caladeros cercanos, como el Gran Sol
- Gran altura: buques con congelación a bordo en aguas de terceros países y alta mar, como la atunera congeladora, una de las más importantes del mundo, la arrastrera congeladora y la palangrera
Galicia y Andalucía reúnen cerca de dos tercios de los buques. Los de terceros países y alta mar son pocos, pero concentran la mayor parte del arqueo y las capturas de túnidos. Problemas estructurales: el envejecimiento (edad media superior a 30 años) y algunos segmentos en desequilibrio con las posibilidades de pesca, sobre todo el arrastre de fondo en el Mediterráneo, que exigen planes de acción.
2.3Capturas y caladeros
La flota capturó en 2023 unas 766.000 toneladas, por unos 1.790 M€ en primera comercialización. Los peces son más del 90 % del volumen y los atunes, bonitos y afines casi el 40 %. Siguen merluza, caballa, jurel, sardina, boquerón y cefalópodos.
Tres tipos de caladeros:
- Caladero nacional: Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz, Mediterráneo y Canarias
- Aguas de otros Estados miembros: sobre todo el Atlántico nororiental, con TAC y cuotas para merluza, gallo, rape o cigala
- Aguas de terceros países y alta mar: por los acuerdos de pesca de la UE o bajo las Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera (OROP)
2.4El empleo en el sector pesquero
El empleo en la flota baja por la reducción de buques, la modernización y la falta de relevo, y ronda los 30.000 tripulantes, con dependencia creciente de extranjeros. Existe un Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, gestionado por el Instituto Social de la Marina. La Directiva (UE) 2017/159 aplicó el acuerdo de los interlocutores sociales que incorpora el Convenio 188 de la OIT sobre el trabajo en la pesca.
2.5La industria transformadora
Emplea a unas 25.000 personas y su valor de producción superó los 6.700 M€ en 2024. Es dual, con grandes grupos de presencia internacional y muchas pequeñas empresas, y se concentra en Galicia. La industria conservera produjo en 2025 unas 311.000 toneladas por cerca de 1.930 M€: España es el primer productor de conservas de pescado de la UE y uno de los primeros en las de atún. Depende de materia prima importada, así que es sensible a la política comercial de la Unión y sus preferencias arancelarias.
2.6La acuicultura
Según la FAO, en 2022 la acuicultura superó a la pesca extractiva en producción de animales acuáticos (51 %). España produjo en 2024 más de 266.000 toneladas, primer productor de la UE en volumen, en torno a la cuarta parte del total, aunque en valor su posición es más baja por el mejillón. Este, cultivado en bateas en las rías gallegas, supone unas 185.000 toneladas, cerca del 70 % del volumen. En valor destacan lubina, dorada, rodaballo y atún rojo de engorde. Limitan su desarrollo la complejidad administrativa, la competencia por el espacio litoral y la de terceros países, y se apoya en el Plan Estratégico de la Acuicultura Española 2021-2030.
2.7Comercialización, consumo y comercio exterior
La primera comercialización del pescado fresco se hace en lonjas, generalmente por subasta, y se distribuye por mercados centrales (red MERCASA) y minoristas, con peso creciente de la gran distribución. Organizaciones de productores y cofradías son clave en la organización de la oferta.
El consumo en los hogares cae, sobre todo en fresco y entre jóvenes, con más congelados y elaborados. Fuerte demanda interna y recursos limitados explican el déficit comercial estructural, de unos 3.250 M€ en 2024. Las exportaciones alcanzaron en 2025 unos 5.700 M€, con conservas, túnidos y cefalópodos como principales productos y la UE como principal destino. Las importaciones vienen sobre todo de terceros países, como Marruecos, China, Ecuador, Argentina o Noruega.
03EVOLUCIÓN DE LA POLÍTICA PESQUERA ESPAÑOLA
3.1La política pesquera hasta la adhesión
Hasta finales de los años cincuenta la pesca era artesanal y costera, salvo la flota bacaladera de Terranova y la del Gran Sol. En los sesenta y setenta el frío industrial a bordo permitió una gran flota congeladora en caladeros lejanos, sobre todo africanos.
El modelo entró en crisis cuando, a mediados de los setenta, los Estados ribereños extendieron sus zonas de pesca a 200 millas, consagrado por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982: reconoce derechos soberanos sobre los recursos de la Zona Económica Exclusiva y obliga a negociar el acceso de flotas extranjeras. España mantuvo el acceso con acuerdos bilaterales (Marruecos, Mauritania, Portugal), sociedades pesqueras conjuntas con empresas de terceros países y la política arancelaria como instrumento de negociación. En 1980 se creó el FROM para intervenir en los mercados y promocionar el consumo, suprimido en 2012 y asumido por la Secretaría General de Pesca.
3.2La adhesión y la integración en la PPC
El Tratado de Adhesión de 1985 fue muy exigente: periodo transitorio hasta 2002 con límite a los buques españoles en aguas comunitarias y exclusión de zonas como el Irish Box, aplicación de la estabilidad relativa (reparto según capturas históricas, poco favorable para España) y desarme arancelario progresivo. A cambio, la Comunidad asumió los acuerdos pesqueros de España con terceros países y la flota accedió a los fondos estructurales.
El Reglamento (CE) 1275/94 acortó el transitorio y España quedó en el régimen general desde 1996, aunque algunas restricciones en aguas occidentales duraron hasta 2003.
3.3La evolución de la Política Pesquera Común
La PPC se basa en los arts. 38 y 43 del TFUE, y la conservación de recursos es competencia exclusiva de la Unión (art. 3.1.d). Etapas:
- 1970: política de estructuras, organización común de mercados e igualdad de acceso a las aguas comunitarias
- «Europa Azul» de 1983 (Reglamento (CEE) 170/83): primera PPC completa, con TAC y cuotas por estabilidad relativa, tras ampliarse en 1977 las zonas comunitarias a 200 millas
- 1992: concepto de esfuerzo pesquero y programas de orientación plurianual, y extensión a la acuicultura
- 2002: planes plurianuales, límites de capacidad de flota, control más eficaz y consejos consultivos regionales
- 2013: el vigente Reglamento (UE) 1380/2013 fijó el rendimiento máximo sostenible, la obligación de desembarque y más regionalización, junto con la OCM (Reglamento (UE) 1379/2013) y el fondo europeo de pesca, hoy FEMPA
04LA SITUACIÓN ACTUAL DEL SECTOR EN EL MARCO DE LA PPC
4.1La gestión de la pesca
La PPC persigue una pesca y acuicultura sostenibles en lo medioambiental, económico y social. Instrumentos:
- Rendimiento máximo sostenible (RMS): objetivo para 2020 que aún no se cumple en todas las pesquerías, sobre todo en el Mediterráneo
- Posibilidades de pesca: el Consejo fija cada año los TAC, a propuesta de la Comisión y según dictámenes del CIEM y del CCTEP, repartidos en cuotas nacionales por estabilidad relativa e intercambiables
- Obligación de desembarque: aplicada entre 2015 y 2019 para reducir descartes, con exenciones por alta supervivencia y de minimis
- Planes plurianuales por pesquerías, como el del Mediterráneo occidental, que limita en días el esfuerzo de la flota de arrastre, y medidas técnicas del Reglamento (UE) 2019/1241
- Gestión de la capacidad: ajuste a las posibilidades de pesca, límites máximos y planes de acción en segmentos en desequilibrio
- Acceso a las aguas: reserva posible de las 12 millas a flotas tradicionales y, en regiones ultraperiféricas como Canarias, de las 100 millas, hasta el 31 de diciembre de 2032
- Regionalización y participación: recomendaciones conjuntas de los Estados y once consejos consultivos
El control se rige por el Reglamento (CE) 1224/2009, revisado por el Reglamento (UE) 2023/2842, de aplicación mayoritaria desde 2026: extiende de forma progresiva la localización y el registro electrónico de capturas a todos los buques, introduce seguimiento electrónico remoto en buques de riesgo, trazabilidad digital y sanciones más armonizadas, con la Agencia Europea de Control de la Pesca.
4.2La política exterior
Es especial para España, el Estado miembro con más buques en aguas de terceros países. La Unión negocia en nombre de los Estados mediante:
- Acuerdos de colaboración de pesca sostenible: la UE paga una contrapartida (derechos de acceso y apoyo sectorial) y los armadores cánones, a cambio de acceso a excedentes de la ZEE. Son atuneros (Costa de Marfil, Gabón, Cabo Verde, Seychelles) o mixtos (Mauritania, Guinea-Bisáu, Groenlandia). El de Mauritania, muy relevante para marisqueros y merluceros, expira el 14 de noviembre de 2026 y su renovación se negocia, y el de Senegal no se renovó en 2024
- Marruecos: el principal para la flota. El último protocolo expiró el 17 de julio de 2023 y el Tribunal de Justicia de la UE confirmó el 4 de octubre de 2024 la anulación de los acuerdos de pesca y comercial en lo relativo al Sáhara Occidental. En enero de 2026 el Consejo aprobó un mandato para negociar un nuevo acuerdo
- Acuerdos septentrionales: con Noruega, Islandia o las Islas Feroe, con intercambios de cuotas
- Reino Unido: el Acuerdo de Comercio y Cooperación de 2021 transfirió el 25 % del valor de las cuotas de la UE en sus aguas, con ajuste hasta el 30 de junio de 2026. En mayo de 2025 se acordó prorrogar el acceso recíproco hasta el 30 de junio de 2038, lo que da estabilidad a la flota del Gran Sol
- OROP: atuneras como CICAA (ICCAT) o IOTC, y otras como NAFO
En lo multilateral, el Acuerdo de la OMC sobre Subvenciones a la Pesca (Ginebra, 2022) está en vigor desde el 15 de septiembre de 2025 y prohíbe subvenciones a la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y a poblaciones sobreexplotadas. Sigue pendiente la fase sobre sobrecapacidad. El Acuerdo BBNJ sobre diversidad biológica marina fuera de la jurisdicción nacional entró en vigor el 17 de enero de 2026.
4.3Mercados y comercio
La OCM, regulada por el Reglamento (UE) 1379/2013, ha pasado de la intervención en los mercados a la organización del sector y la información al consumidor. Comprende:
- Normas de comercialización comunes (frescura, calibres, presentación), como el Reglamento (CE) 2406/96, iguales para productos de la UE e importados
- Organizaciones de productores, con planes cofinanciados por el FEMPA, y organizaciones interprofesionales, reguladas por el Real Decreto 277/2016
- Mecanismo de almacenamiento, resto del antiguo régimen de intervención, que el FEMPA solo admite en circunstancias excepcionales
- Información al consumidor: denominación comercial y científica, método de producción, zona de captura o cría y arte de pesca, completada por el Real Decreto 1082/2025
- Intercambio con terceros países: aranceles, suspensiones y contingentes autónomos para la industria transformadora, y preferencias de acuerdos comerciales
La lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) se basa en el Reglamento (CE) 1005/2008: certificado de captura validado por el Estado de pabellón para importar, y tarjetas amarillas y rojas a países no cooperantes. Desde 2026 se gestiona con el sistema CATCH. El SOIVRE controla la conformidad con las normas de comercialización según la Orden PRE/3026/2003, cuyo anexo de productos ha sustituido la Orden ECM/1002/2026.
4.4La financiación: el FEMPA
El FEMPA (Reglamento (UE) 2021/1139) financia en 2021-2027 la PPC, la política marítima y la gobernanza de los océanos con 6.108 M€, sobre todo en gestión compartida con programas nacionales. España es el primer beneficiario, con unos 1.120 M€. Prioriza pesca y acuicultura sostenibles, economía azul costera y gobernanza oceánica, y restringe las ayudas que aumentan la capacidad pesquera, con paralización y renovación de motores solo de forma limitada.
4.5El marco nacional
El Estado tiene competencia exclusiva en pesca marítima y bases de ordenación del sector (art. 149.1.19) y las comunidades autónomas en aguas interiores, marisqueo, acuicultura y desarrollo de las bases. La norma básica es la Ley 5/2023, de pesca sostenible e investigación pesquera, que sustituyó a la Ley 3/2001, cuyo régimen sancionador se mantiene transitoriamente. Regula el acceso a los recursos, la conservación y gestión, con criterios de reparto de posibilidades de pesca, la pesca de recreo y la investigación, a cargo del Instituto Español de Oceanografía (CSIC).
4.6Perspectivas
Retos: sostenibilidad de los recursos, sobre todo en el Mediterráneo, descarbonización y precio del combustible, relevo generacional, acceso a terceros países (Marruecos y Mauritania, las principales incertidumbres) y competencia de las importaciones. En junio de 2025 la Comisión presentó el Pacto Europeo por los Océanos y ha iniciado la evaluación de la PPC. Su marco financiero 2028-2034 integra el FEMPA, con la PAC y la cohesión, en planes de asociación nacionales y regionales, lo que el sector teme que reduzca los recursos para la pesca.
05CONCLUSIÓN
El sector pesa poco en la economía, pero es esencial para muchas comunidades costeras y sitúa a España como primera potencia pesquera de la UE en capacidad de flota, producción acuícola e industria conservera. Sus rasgos estructurales son los caladeros nacionales limitados, la dependencia de aguas de terceros países, el envejecimiento de la flota y el déficit comercial.
La adhesión supuso una integración exigente en la PPC, que ha evolucionado hacia la sostenibilidad, con el RMS, la obligación de desembarque y un control digitalizado. El futuro de la flota depende de la dimensión exterior, con Marruecos, Mauritania y el Reino Unido como piezas clave. La lucha contra la pesca ilegal y el control de las importaciones, en el que participa el SOIVRE, contribuyen a que los productos del mar que llegan a Europa compitan en igualdad con los de la flota comunitaria.