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SERGIO ARGUDO · ESQUEMAS SOIVRE

La política de desarrollo regional en España en el contexto de la UE

La financiación de las Autonomías.

Ejercicio 5 · Esquema del tema 15 · Actualizado el
EJ. 5 · TEMA15

01INTRODUCCIÓN

España presenta profundos desequilibrios regionales en renta, empleo, productividad y población. En 2025 el PIB por habitante de Madrid (47.220 euros) duplicaba con creces el de Melilla (22.302 euros), frente a una media nacional de 34.237 euros.

Su corrección descansa en la política de desarrollo regional, articulada desde 1986 en la política de cohesión de la UE y completada con instrumentos nacionales, y en el sistema de financiación autonómica, que debe garantizar los recursos para los servicios públicos fundamentales con arreglo a los principios de autonomía financiera y solidaridad.

02LA POLÍTICA DE DESARROLLO REGIONAL EN ESPAÑA

2.1Los desequilibrios regionales hasta la adhesión

Los desequilibrios tienen raíces históricas. La industrialización del siglo XIX se concentró en Cataluña, el País Vasco y Asturias, Madrid se benefició de la capitalidad y el resto siguió siendo agrario.

2.2La evolución regional desde la adhesión

La adhesión de 1986 coincidió con una fase expansiva y los fondos estructurales permitieron un gran esfuerzo en infraestructuras. Desde mediados de los noventa son más dinámicos Madrid y su entorno, el valle del Ebro, el arco mediterráneo y los archipiélagos.

La crisis de 2008 afectó sobre todo a las regiones dependientes de la construcción, con desempleo superior al 30 % en algunas. La convergencia en renta per cápita entre regiones se ha estancado desde hace décadas y la mayoría ha perdido posiciones respecto a la media europea.

A ello se suma el reto demográfico: la concentración en áreas metropolitanas y litoral contrasta con el despoblamiento del interior, la España vaciada, a la que se dirigen la Estrategia Nacional frente al Reto Demográfico y el Plan de Recuperación de 130 medidas de 2021.

2.3Los instrumentos nacionales de política regional

03LA POLÍTICA DE COHESIÓN DE LA UE Y SU APLICACIÓN EN ESPAÑA

3.1Fundamento y evolución

La cohesión económica, social y territorial es un objetivo de la UE (art. 3.3 TUE) y una competencia compartida (art. 4.2.c TFUE). Los arts. 174 a 178 TFUE encomiendan reducir las diferencias de desarrollo entre regiones, con atención a las zonas rurales, las afectadas por una transición industrial y las de desventajas naturales o demográficas graves. El art. 349 TFUE reconoce la situación de las regiones ultraperiféricas, como Canarias.

3.2El periodo 2021-2027

El marco vigente es el Reglamento (UE) 2021/1060 de Disposiciones Comunes, junto a los reglamentos del FEDER y el Fondo de Cohesión (2021/1058), el FSE+ (2021/1057) y el Fondo de Transición Justa (2021/1056). Interreg se regula en el Reglamento (UE) 2021/1059. Rasgos principales:

La política de cohesión dispone de unos 392.000 M€ corrientes, en torno a la tercera parte del presupuesto de la Unión:

La gestión es compartida entre la Comisión y los Estados, con programación plurianual, asociación, adicionalidad y cofinanciación (tasas máximas del 85 % en las regiones menos desarrolladas al 40 % en las más desarrolladas). Los compromisos no ejecutados en plazo se liberan con la regla n+3, que pasa a n+2 en los últimos años.

El Fondo de Solidaridad de la UE ayuda ante catástrofes graves: España recibió en 2025 unos 946 M€ tras la DANA de Valencia. La revisión intermedia (Reglamento (UE) 2025/1914) permite reorientar fondos a vivienda asequible, agua, energía, competitividad y defensa.

3.3El Acuerdo de Asociación de España 2021-2027

La programación la coordina la Dirección General de Fondos Europeos del Ministerio de Hacienda mediante el Acuerdo de Asociación con la Comisión, aprobado en noviembre de 2022, que asigna a España unos 36.700 M€: unos 23.400 M€ del FEDER, 11.300 M€ del FSE+, 870 M€ del Fondo de Transición Justa y 1.120 M€ del FEMPA. Se ejecuta con programas regionales y programas plurirregionales nacionales. Clasificación de las regiones:

Canarias recibe además una asignación específica como región ultraperiférica. Las prioridades son investigación, digitalización y pymes, eficiencia energética y transición verde, e inversión social. España participa en programas Interreg, como POCTEFA con Francia y POCTEP con Portugal.

3.4Perspectivas: el marco 2028-2034

La propuesta de la Comisión integra cohesión, PAC y pesca en planes de asociación nacionales y regionales, con un fondo único por Estado y pagos más vinculados a reformas y resultados. España y otros Estados reclaman preservar la dimensión regional, y el diseño definitivo dependerá de la negociación del marco financiero.

04LA FINANCIACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

4.1Marco constitucional

La Constitución regula la financiación autonómica en los arts. 156 a 158.

El desarrollo corresponde a la Ley Orgánica 8/1980 (LOFCA) y los acuerdos se adoptan en el Consejo de Política Fiscal y Financiera. Coexisten dos regímenes:

4.2Evolución del sistema de régimen común

El sistema ha evolucionado al ritmo del traspaso de competencias:

4.3El sistema vigente: la Ley 22/2009

El sistema cede el 50 % del IRPF y del IVA, el 58 % de los impuestos especiales de fabricación y el 100 % de otros tributos, como patrimonio, sucesiones, transmisiones patrimoniales y juego, sobre muchos de los cuales hay capacidad normativa. Se completa con tres fondos:

Funciona con entregas a cuenta y una liquidación definitiva dos años después, lo que genera tensiones de tesorería. En 2023 las comunidades de régimen común recibieron unos 152.500 M€, que financian sanidad, educación y servicios sociales.

4.4Problemas y mecanismos extraordinarios de liquidez

El modelo debía revisarse en 2014 y no se ha hecho. Se le critican diferencias de financiación por habitante ajustado sin justificación clara, insuficiencia frente al gasto en sanidad, educación y dependencia, corresponsabilidad fiscal limitada y competencia fiscal en impuestos cedidos.

La Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera fijó objetivos de déficit y deuda, y el Estado creó mecanismos extraordinarios de liquidez, como el Fondo de Liquidez Autonómico, integrados por el Real Decreto-ley 17/2014 en el Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas. El Estado es hoy el principal acreedor de las comunidades.

4.5La reforma en curso

05CONCLUSIÓN

Los desequilibrios regionales se han reducido poco en renta per cápita y a ellos se suma el reto demográfico. La cohesión de la UE ha sido decisiva para modernizar infraestructuras y aporta unos 36.700 M€ en 2021-2027. El marco 2028-2034 decidirá si conserva su dimensión regional.

La financiación autonómica se rige aún por un sistema de 2009 que debía revisarse hace más de una década. La condonación de deuda, el nuevo modelo de 2026 y la financiación singular de Cataluña abren una reforma cuyo resultado dependerá de la tramitación parlamentaria y del equilibrio entre autonomía, suficiencia y solidaridad.